Conceptos Jurídicos Fundamentales

Introducción

Los conceptos jurídicos fundamentales son todos aquellos que intervienen como elemento constante y necesario en una relación jurídica.

Clasificación de los Conceptos Jurídicos Fundamentales

  • Conceptos Jurídicos Fundamentales Materiales (Hecho)
  • Conceptos Jurídicos Fundamentales Formales (Acto)

Conceptos Jurídicos Fundamentales Formales

Acto Jurídico

Un acto jurídico es una manifestación de la voluntad que se lleva a cabo con la intención de producir consecuencias de derecho (ej. matrimonio).

Consecuencias del Acto Jurídico

Las consecuencias de un acto jurídico pueden ser la adquisición de derechos, pero también de obligaciones.

Clasificación del Acto Jurídico

  • Unilateral: Un testamento (1 persona).
  • Bilateral: Un contrato (2 personas).
  • Mortis Causa: Produce sus efectos después de la muerte del actor (testamento).
  • Intervivos: La producción de efectos estando vivos.
  • Solemnes: Requieren una forma especial para que la ley reconozca su validez.
  • No Solemnes: No requieren una forma en especial.
  • Lícitos: Son aquellos que al efectuarse no lesionan ninguna norma jurídica.
  • Ilícitos: Son aquellos que al efectuarse violan una norma jurídica.

Requisitos para la Existencia de un Acto Jurídico

Para que exista un acto jurídico se requiere:

  1. Consentimiento: La manifestación de la voluntad para llevar a cabo un acto jurídico.
  2. Objeto: Física o jurídicamente posible.
  3. Solemnidad: Forma señalada por la ley para expresar la voluntad y que el acto exista.

Elementos de Existencia del Acto Jurídico

  • Consentimiento: Manifestación de la voluntad para llevar a cabo un acto jurídico.
  • Objeto:
    • Objeto Directo: Consiste en crear, transmitir, modificar o extinguir derechos y obligaciones.
    • Objeto Indirecto: Recae en la cosa que se debe dar o el hecho que se debe hacer.
  • Solemnidad: Forma señalada por la ley para expresar la voluntad y que el acto exista.

Requisitos de Validez del Acto Jurídico

  • Capacidad:
    • Capacidad de Goce: Es la aptitud para ser titular de derechos y obligaciones (todo lo que puedo recibir).
    • Capacidad de Ejercicio: Es la aptitud para ejercer por sí mismos los derechos y obligaciones. Se adquiere a los 18 años.
  • Licitud del Objeto: Exige que el objeto material del acto jurídico exista en la naturaleza.
  • Forma o Formalidad: Requisitos o manifestaciones determinados por la ley.
  • Ausencia de Vicios en la Voluntad: Se requiere que la voluntad no esté viciada.

Hecho Jurídico

Un hecho jurídico es el acontecimiento en el cual no hay voluntad humana y sin embargo se producen consecuencias jurídicas.

Error

Es toda falsa apreciación u opinión de la realidad. El error se divide en dos:

  • Error de Hecho: Es aquella equivocación que recae sobre las condiciones que dieron motivo para celebrar el acto.
  • Error de Derecho: Consiste en la equivocación respecto a la existencia o interpretación de una norma jurídica.

Dolo

Es cualquier sugestión, maquinación o artificio que se emplea para inducir al error.

Mala Fe

Es la disimulación del error por parte de uno de los contratantes.

Lesión

Se refiere al perjuicio en un contrato.

Clasificación de los Hechos Jurídicos

Atendiendo a su Naturaleza

  • Naturales o Causales: Se refiere a fenómenos de la naturaleza.
  • Humanos o Voluntarios: Acontecimientos causados por el hombre.

Supuesto Jurídico

Un supuesto jurídico (Rogina Villegas) es una hipótesis normativa de cuya realización depende que se produzcan las consecuencias de derecho.

Clasificación de los Supuestos Jurídicos

  • Simples: 1 sola hipótesis.
  • Complejos: 2 o más hipótesis.

Fuentes del Derecho

Las fuentes del derecho son todo tipo de norma escrita o no escrita que determina qué tan vinculado se encuentra el comportamiento de los ciudadanos y de los poderes de un Estado.

Clasificación de las Fuentes del Derecho

Materiales y Reales

Son los problemas que surgen de la realidad histórica de cada pueblo.

Históricas

Son documentos históricos que hablan o se refieren al derecho. Se refieren a las fuentes jurídicas según su aplicación en el tiempo.

Formales

Son hechos y actos jurídicos a los cuales se les atribuye una específica aptitud para crear una norma jurídica.

Poder Judicial de la Federación

Suprema Corte de Justicia de la Nación

  • 11 ministros.
  • Plenos: 11 ministros y el ministro presidente.
  • Salas: 2 salas / 5 ministros cada una. El ministro presidente no participa.

Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

Se encarga de dirimir controversias en materia electoral.

Tribunales Colegiados de Circuito

  • Integrados por 3 ministros.
  • Resuelven controversias y aplican los preceptos legales a cada caso.

Tribunales Unitarios

  • 1 magistrado unitario.

Juzgados de Distrito

  • 1 Juez de distrito.
  • Se encarga de dirimir una controversia aplicando la ley a un caso concreto.