Conceptos Fundamentales de Derecho Tributario: Obligaciones, Elementos y Extinción
Tributo: Definición y Características
Tributo: Prestación usualmente en dinero a favor del Estado, establecida por ley.
Características Principales
- Obligación de dar dinero: El tributo implica la obligación de pagar en efectivo. En algunos casos, se admite el pago en especie, así como con moneda extranjera, cheques, documentos e incluso mediante débito en cuenta bancaria.
- Establecida por ley: Los Estados soberanos tienen la facultad de crear tributos, la cual se ejerce fundamentalmente a través del poder legislativo.
- A favor del Estado: El Estado es la entidad a favor de la cual debe realizarse la prestación, por eso se denomina acreedor tributario.
- No constituye una sanción: El tributo es un mecanismo que permite a los ciudadanos brindar recursos al Estado y, por lo tanto, no representa en absoluto una carga económica por la comisión de una infracción.
- Considera la capacidad contributiva: En el establecimiento de un tributo debe tenerse en cuenta la capacidad real del sujeto obligado de afrontar la carga económica que supone, lo que se expresa en el principio de no confiscatoriedad.
- Es exigible coactivamente: En caso de que el obligado a la prestación tributaria no cumpla, el Estado puede recurrir al uso legítimo de la fuerza pública para afectar el patrimonio del deudor y hacer efectivo el pago.
Clasificación de los Tributos
Impuesto
Es el tributo cuyo cumplimiento no origina una contraprestación directa a favor del contribuyente por parte del Estado.
Contribución
Tributo cuya obligación tiene como hecho generador beneficios derivados de la realización de obras públicas o de actividades estatales. Las contribuciones generan recursos para la realización de obras o la prestación de servicios dirigidos a la colectividad en general.
Tasas
Tributo cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva por el Estado de un servicio público individualizado en el contribuyente.
Ejemplo: Pago que se realiza en el registro civil por la expedición de una copia certificada de una partida de nacimiento.
Obligación Tributaria
Relación de derecho público consistente en el vínculo entre el acreedor (sujeto activo) y el deudor (sujeto pasivo) establecido por ley, que tiene por objeto el cumplimiento de la prestación tributaria, siendo exigible coactivamente.
Elementos de la Obligación Tributaria
- Sujeto activo o acreedor tributario: Es aquel en favor del cual debe realizarse la prestación tributaria. Son acreedores tributarios el Gobierno central, regionales y municipales.
- La SUNAT: En calidad de órgano administrador, es competente para administrar tributos internos.
- Contribuyente: Aquel que realiza, o respecto del cual se produce, un hecho generador de la obligación tributaria.
- Responsable: Aquel que, sin tener la condición de contribuyente, no realiza el hecho imponible.
- Agente de retención: Sujeto que, por su posición contractual o actividad, está obligado por ley a responsabilizarse del pago del tributo, reteniendo el tributo al contribuyente señalado también por ley.
- Agente de percepción: Sujeto que, por su actividad, está en posibilidad de percibir tributos y entregarlos al acreedor tributario.
- Representante o responsable solidario: Están obligados a pagar tributos y cumplir con las obligaciones formales con los recursos que dispongan, en calidad de representantes y en calidad de adquirientes.
Capacidad Tributaria
Se entiende como la posibilidad de ser sujeto pasivo de la relación jurídica tributaria, sin que tenga relevancia la cantidad de riqueza que posee.
Domicilio Fiscal
Es aquel domicilio que fija el obligado a inscribirse ante la administración tributaria dentro del territorio nacional para todo efecto tributario.
Domicilio Procesal
El elegido por el deudor tributario al iniciar uno de sus procedimientos. El domicilio deberá estar ubicado dentro del radio urbano que señale la Administración Tributaria.
Nacimiento de la Obligación Tributaria
La obligación tributaria nace cuando se realiza el hecho previsto por ley.
En ese sentido, se deben reunir en un mismo momento:
- La configuración de un hecho.
- Su conexión con un sujeto.
- La localización y consumación en un momento y lugar determinado.
Componentes de la Deuda Tributaria
La deuda está compuesta por el tributo, la multa y el interés.
Obligados al Pago
Los deudores tributarios y, en su caso, sus representantes. Los terceros pueden realizar el pago, salvo oposición motivada del deudor tributario.
Imputación del Pago
En primer lugar, al interés moratorio y luego al tributo o multa. El deudor puede indicar el tributo o multa y el periodo por el que realiza el pago.
Extinción de la Deuda Tributaria
Compensación
La deuda tributaria podrá compensarse total o parcialmente con los créditos por tributos, sanciones, intereses y otros conceptos pagados en exceso o indebidamente que correspondan a periodos no prescritos.
Condonación
Podrá ser condonada por norma expresa con rango de ley. Excepcionalmente, los gobiernos locales podrán condonar con carácter general el interés moratorio y las sanciones.
Consolidación
La deuda tributaria se extinguirá por consolidación cuando el acreedor de la obligación tributaria se convierte en deudor de la misma como consecuencia de la transmisión de bienes o derechos que son objeto del tributo.