Conceptos Clave en el Proceso Penal Español: Conformidad, Investigación, Prueba, Secreto de Sumario y Costas

Conceptos Clave en el Proceso Penal Español: Conformidad, Investigación, Prueba, Secreto de Sumario y Costas

Este documento aborda diversos aspectos fundamentales del proceso penal español, desde la figura de la conformidad hasta las costas procesales, pasando por la diferenciación entre actos de investigación y prueba, y el secreto de sumario.

La Conformidad en el Juicio Rápido: Concepto y Especialidades

La conformidad es una figura que concede al acusado la posibilidad de evitar un juicio oral y que presenta diferentes rasgos en función del tipo de proceso. Es un acto unilateral que consiste en el allanamiento a la petición de prueba más elevada, que no puede exceder de 6 años. Es un acto personal, que supone aceptar la petición de pena más grave. Es un acto de la defensa, pero que siempre aceptará o no el acusado. E incluso el defensor puede considerar no aceptarlo. Una de las ventajas es que evita la publicidad del juicio, además de la reducción de la pena, y se evita la posibilidad de que se subsanen algunos errores. Puede haber conformidades en diferentes partes del procedimiento: conformidad en el escrito de acusación y la conformidad al comienzo del juicio oral.

La rebaja del tercio de la pena solo se hará en el juicio rápido, en un sistema que beneficia a todos excepto al abogado defensor, ya que se le puede poner en un «aprieto». La conformidad es una vía establecida en la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) para lograr una pronta terminación del proceso penal que evita la celebración del juicio oral. La regulación básica la encontramos en el artículo 655 de la LECrim. Básicamente, se trata de que la persona o personas frente a las que se dirige el proceso penal reconozcan los hechos y se conformen con la pena o penas solicitadas por el Ministerio Fiscal y/o acusación, todo ello previa negociación.

En el enjuiciamiento rápido de determinados delitos, esa conformidad, en los casos legalmente previstos, se premia con la reducción de la pena en un tercio, así se expresa en el artículo 801, apartados 2 y 3, de la LECrim. Normalmente, para lograr los acuerdos, los fiscales modifican a la baja su petición de penas, conociéndose con ello el resultado cierto del proceso en caso de ser suscrito un pacto, lo que redunda en beneficio de todos o casi todos los implicados. Concluimos que es un acto procesal previsto en la LECrim que supone la declaración de voluntad de las partes de poner fin al proceso penal y evitar así la celebración del juicio.

Diferencias entre Actos de Investigación y Actos de Prueba

Los actos de investigación y los actos de prueba están relacionados entre sí. Los actos de prueba requieren el cumplimiento de, al menos, dos requisitos: uno objetivo, consistente en la contradicción, y otro subjetivo, por cuanto la prueba ha de estar intervenida por un órgano judicial. En cuanto a su estructura, los actos de prueba presuponen la realización de las afirmaciones de hechos que constituyan su objeto, en tanto que los actos de investigación se realizan con anterioridad a la formulación de tales afirmaciones, y su finalidad es aportar aquellos elementos necesarios para posibilitar la realización de las mismas.

Los actos de investigación se enumeran en el seno de la instrucción y cumplen, por tanto, la finalidad que se asigna a esta: la preparación del juicio oral. Por el contrario, los actos de prueba se realizan en el acto del juicio oral y su finalidad es lograr la convicción judicial y servir de fundamento a la sentencia. Los actos de investigación tienen por misión introducir los hechos en el procedimiento y contribuir a formar en el juez el juicio de probabilidad suficiente para disponer la imputación y adoptar las oportunas medidas cautelares. Sin embargo, al momento de dictar una sentencia, se requiere que el juzgador esté plenamente convencido de la responsabilidad, convencimiento que debe estar basado en actos de prueba.

El Secreto de Sumario

El secreto de sumario se refiere a que las diligencias practicadas en el sumario pueden ser conocidas por las partes que se encuentren personadas en la causa, lo que supone que nadie, a excepción de las mencionadas, puede conocer su contenido. De hecho, si el abogado o procurador de cualquiera de las partes u otra persona que, no siendo funcionario público, revelasen indebidamente el secreto del sumario, estos afrontarán la multa correspondiente. Lo encontramos regulado en los artículos 301 y 302 de la LECrim. Tiene su razón de ser en garantizar la eficacia de la investigación. Cuando se produce el levantamiento del secreto de sumario, muchos medios de comunicación entienden que el procedimiento automáticamente ya es público y puede ser conocido por todos. Nada más lejos de la realidad.

Las Costas Procesales

Tienen la consideración de costas ciertos gastos que se originan durante la tramitación de un procedimiento judicial por varias cosas, como los honorarios del abogado y derechos del procurador, cuando su intervención es obligatoria; la inserción de anuncios o edictos que obligatoriamente deban publicarse durante la tramitación del procedimiento; las copias, certificaciones, notas, testimonios y documentos que se soliciten a los registros públicos, salvo que las solicite directamente el juzgado, en cuyo caso serán gratuitos; los derechos arancelarios. En principio, cada parte debe abonar los gastos que vaya generando la defensa de sus intereses en el juicio. Será la sentencia que ponga fin al procedimiento la que imponga al perdedor la obligación de abonar al vencedor las costas que le ha originado la tramitación del procedimiento, o lo que es lo mismo, la condena de costas se contiene en la sentencia y las abona quien pierde el juicio.