Concepto de tributo
PRIMER PARCIAL DE DERECHO TRIBUTARIO
1.DERECHO TRIBUTARIO: es el conjunto de principios, doctrinas, instituciones y normas jurídicas que regula todo lo relacionado a la recaudación financiera por parte del estado para determinado fin
2.EL DERECHO TRIBUTARIO: se impone de forma supletoria porque tiene sus propias leyes
3.PARA QUE UN TRATADO TENGA FUERZA DE LEY: se necesita sea ratificado por el congreso
4.MATERIA PRIVATIVA: se requiere de una ley para, decretar tributos, otorgar exenciones, fijar la obligación de pagar intereses tributarios, establecer preferencias y garantías para el cumplimiento de las obligaciones tributarias
CLASES DE TRIBUTOS: impuestos, arbitrios, contribuciones especiales y contribuciones por mejora
IMPUESTO: es el tributo que tiene como hecho generador, una actividad estatal general no relacionada concretamente con el contribuyente
ARBITRIO: es el impuesto decretado por ley a favor de una o varias municipalidades
Contribución ESPECIAL: es el tributo que tiene como determinante del hecho generador beneficios directos para el contribuyente derivado de la realización de obras publicas o de servicios estatales
CONTRIBUCIONES POR MEJORAS: es la establecida para costear la obra publica que produce plusvalía inmobiliaria y por ende el valor del inmueble beneficiciado
IMPUESTO: es el tributo que tiene como hecho generador, una actividad estatal general no relacionada concretamente con el contribuyente
ARBITRIO: es el impuesto decretado por ley a favor de una o varias municipalidades
Contribución ESPECIAL: es el tributo que tiene como determinante del hecho generador beneficios directos para el contribuyente derivado de la realización de obras publicas o de servicios estatales
CONTRIBUCIONES POR MEJORAS: es la establecida para costear la obra publica que produce plusvalía inmobiliaria y por ende el valor del inmueble beneficiciado
TRIBUTOS art.
9: son las prestaciones comúnmente en dinero que el estado exige en ejercicio de su poder tributario, con el objeto de obtener recursos para el cumplimiento de sus fines
CLASES DE TRIBUTOS art. 10: son tributos los impuestos, arbitrios, contribuciones especiales y contribuciones por mejoras
IMPUESTO art. 11: es el tributo que tiene como hecho generador una actividad estatal general no relacionada concretamente con el contribuyente
ARBITRIO art. 12: es el impuesto decretado por ley a favor de una o varias municipalidades
Contribución ESPECIAL: es el tributo que tiene como determinante del hecho generador beneficios directos para el contribuyente derivados de la realización de obras publicas o de servicios estatales
Contribución ESPECIAL POR MEJORAS art. 13: es la establecida para costear la obra publica que produce una plusvalía inmobiliaria y tiene como limite para su recaudación el gasto total realizado y como limite individual para el contribuyente, el incremento de valor del inmueble beneficiado
CONCEPTO DE LA Obligación TRIBUTARIA art. 14: la obligación tributaria constituye un vinculo jurídico, de carácter personal entre la administración tributaria y otros entes públicos acreedores del tributo y los sujetos pasivos de ella
LA Obligación TRIBUTARIA: pertenece al derecho publico y es exigible coactivamente
SUJETO ACTIVO art. 17: el sujeto activo de la obligación tributaria es el estado o el ente publico acreedor del tributo
SUJETO PASIVO DE LA Obligación TRIBUTARIA art. 18: el sujeto pasivo es el obligado al cumplimiento de las prestaciones tributarias sea en calidad de contribuyente o de responsable
FUNCIONES DE LA Administración TRIBUTARIA art. 19: son funciones de la administración tributaria planificar, organizar, dirigir ejecutar, supervisar y controlar todas las actividades que tengan vinculo con las relaciones jurídico tributarias que surjan como consecuencia de la aplicación, recaudación y fiscalización de los tributos
OBLIGADOS POR DEUDA PROPIA art. 21: son contribuyentes las personas individuales prescindiendo de su capacidad legal y las personas jurídicas de las cuales se verifica el hecho generador de la obligación tributaria
DERECHOS DE LOS CONTRIBUYENTES art. 21: constituyen derechos de los contribuyentes, pudiendo actuar por si mismos, por medio de apoderado legal o tercero autorizado entre otros que establezcan la leyes
OBLIGACIONES DE LOS CONTRIBUYENTES art. 21: presentar declaraciones, notificaciones, autoliquidaciones y otros documentos que requiera la legislación tributaria y la administración tributaria para el cumplimiento de sus funciones
OBLIGACIONES DE LOS SUJETOS PASIVOS art. 23: los contribuyentes o responsables están obligados al pago de los tributos y al cumplimiento de los deberes formales impuestos por este código
Transmisión POR SUSECION art. 24: los derechos y obligaciones del contribuyente fallecido, serán ejercitados o en su caso cumplidos por el administrador o el albacea del la mortual herederos o legatarios sin perjuicio del beneficio de inventario