Competencia Económica: Tipos, Defensa y Regulación en el Mercado
Tipos de Competencia y Regulación
Competencia Perfecta
Ninguna empresa influye sobre los precios; libre juego de la oferta y la demanda; el mercado es soberano y fija los precios. Nunca se ha producido: es una situación idílica.
Competencia Imperfecta
Mercado monopolístico u oligopolístico; grandes industrias controlan la oferta y la demanda y así fijan los precios; tendencia al abuso de poder por el capital; hay “cierto” grado de competencia que puede producir efectos beneficiosos a la comunidad.
Defensa de la Competencia
Su finalidad es evitar que los empresarios intenten, en vez de competir en el mercado ofreciendo los mejores precios o calidades, llegar a acuerdos entre ellos para limitar o excluir la lucha competencial en perjuicio de los consumidores o imponer condiciones no razonables aprovechando su posición de dominio en el mercado.
Conductas Colusorias
- Acuerdo o Concertación entre empresas: que pueden ser de 3 tipos:
- Acuerdos, decisiones o recomendaciones colectivas.
- Prácticas concertadas.
- Conductas conscientemente paralelas.
- Efecto anticompetitivo de la conducta, produzca o pueda producir, con la finalidad de: impedir, restringir o falsear la competencia.
- Incidencia en el mercado: que esa conducta concertada tenga la entidad, fuerza suficiente para afectar al mercado (mercado relevante).
Abuso de Posición Dominante
Para que exista se necesitan 2 requisitos:
- Posición dominante en el mercado: monopolios u oligopolios.
- Abuso de esa posición: NO se impide que se adquiera dicha posición, sino que se abuse de ella con las conductas que se detallan:
- Fijación de precios u otras condiciones.
- Limitación de la producción.
- Reparto de mercados y/o no satisfacer demandas.
- Prácticas discriminatorias: en idénticas situaciones distintas condiciones.
- Contratos vinculados.
Concentración Económica
- Fusión de dos o más empresas anteriormente independientes.
- Adquisición cuando una empresa adquiere el control de otra (compra acciones).
- Creación de una empresa común o en participación o “join venture” entre dos o más empresas independientes (empresa en participación).
Comisión Nacional de la Competencia
Órgano administrativo especializado y autónomo, adscrito al Ministerio de Economía y Competitividad, compuesto de 2 órganos separados:
- Dirección de Investigación: órgano de instrucción.
- Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia: Órgano decisorio que emite la Resolución.
El Presidente del Consejo: dirige, supervisa y coordina; 6 miembros: nombrados por mandato de 6 años.
La Competencia Desleal
Regula las acciones de los empresarios dirigidas a captar clientela en el mercado donde operan. El campo de aplicación de la ley delimita 3 criterios:
- Objetivo: se aplica a comportamientos competitivos desleales, pueden ser:
- Comportamiento singular = un acto desleal.
- Comportamiento permanente = estado continuo de competencia desleal.
- Subjetivo: la prohibición de deslealtad se extiende a cualquier empresario, profesionales, corporación o ente público, fundación, que opere en el mercado. Los perjudicados pueden ser consumidores.
- Territorial: sobre actos que produzcan sus efectos en los mercados españoles o realizados fuera y con transcendencia en nuestros mercados.
Debe mantenerse un mercado plural y competitivo.
Concepto de Patente
Derecho de propiedad por una invención registrada; habilita para una explotación exclusiva durante un tiempo. La licencia es un contrato por el que el licenciante titular autoriza, mediando remuneración y por un tiempo, al licenciatario para que ejercite las facultades como titular de la patente.
Modelo de Utilidad
Protección para los inventos de segunda o de inferior rango. Dar a un objeto o utensilio ya existente una configuración, estructura o construcción de la que resulte una ventaja para su uso o fabricación.
- Objeto ya conocido.
- Innovación en su apariencia o armazón.
- Ventaja para su uso o fabricación.
El titular obtiene los mismos derechos que la patente. La novedad exigida es únicamente a nivel nacional, no mundial. Duración: 10 años improrrogables.
Diseño Industrial
Otorga a su titular un derecho exclusivo a utilizarlo y a prohibir su utilización por terceros sin su consentimiento, sobre la apariencia de la totalidad o de una parte de un producto, que se derive de las características de, en particular, las líneas, contornos, colores, forma, textura o materiales del producto en sí o de su ornamentación. Los diseños podrán ser bidimensionales o tridimensionales. Protege las formas externas de los productos: bien sea decorativa, el formato o materiales. Es voluntario el Registro de Diseños de la OEPM. Requisitos: Novedad y carácter singular. Apariencia nueva y distinta que el diseño proporciona al producto. Duración: 5 años y 4 renovaciones: 25 años. Compatible con bienes de propiedad intelectual.
Tipos de Marcas
Denominativas, gráficas, tridimensionales, sonoras. De productos, de servicios. Marcas industriales y marcas comerciales. Marcas individuales y marcas colectivas. Marca de garantía, defensiva y de reserva. Marcas notorias y marcas renombradas.