Clases de Deuda Pública y Emisión de Títulos
Clases de Deuda Pública
Deuda pública interior y exterior: esto hace referencia al lugar donde el contrato se realiza y en donde se debe ejecutar, ya que son elementos fundamentales para saber la ley aplicable al contrato. Si la ley aplicable es la del país emisor, la deuda se considera interior, si por el contrario debe aplicarse la normativa de otro país o el Derecho Internacional, la deuda será exterior.
Deuda del Estado, de las CCAA y de la Administración local e institucional
Según el sujeto deudor podrá ser una deuda pública del Estado, de las CCAA, de la Administración Institucional o Local. Hablamos de deuda pública, siempre que en una deuda el prestatario es un ente público: Estado, CCAA, ente local o la Administración Institucional.
Deuda pública general y singular
Cuando un ente público celebra un contrato de préstamo puede hacerlo con uno o varios sujetos determinados (deuda pública singular) u ofertar los valores de la deuda en un mercado para que los suscriban quienes deseen (deuda pública general).
Inscrita y no inscrita. Anotaciones en cuenta
Por la forma de su documentación pueden ser inscrita o no inscrita, según conste o no en el Registro Oficial de la Deuda. La Deuda registrada pertenece a la Deuda emitida dentro del sistema de anotaciones en cuenta, donde aparece registrado en una Central de Anotaciones. Pueden ser titulares de cuentas en la central; el Banco de España, las entidades e intermediarios financieros.
Deuda a corto, medio y largo plazo
Letras del Tesoro y bonos y obligaciones del Estado: la deuda corto plazo es hasta 12 meses, a medio plazo es hasta 5 años y a largo plazo por más de 5 años. La Deuda del Estado a corto plazo se denomina Letras del Tesoro. La deuda del Estado a medio plazo está representada por unos valores denominados Bonos del Estado y las Obligaciones del Estado representan la parte esencial de la deuda a largo plazo.
Emisión de la Deuda Pública. Los Títulos de Deuda
Se entiende por emisión de Deuda, la actividad de la administración dirigida a crear valores públicos, a ponerlos en circulación y a colocarlos en el mercado en mano de los suscriptores. La Constitución establece que para emitir un empréstito es preciso que una ley lo autorice, y es que ninguna deuda puede existir sin una ley previa que la autorice, y así también lo establece la ley de estabilidad presupuestaria. La deuda supone un ingreso, ya que es el dinero que el Estado recibe en préstamo, pero a su vez también es un gasto ya que el Estado tiene que devolverla y pagar los intereses.
Exigencias para la emisión de Deuda Pública
- El carácter voluntario de la Deuda.
- Competencia con el sector privado y otros Entes Públicos.
Procedimiento de autorización de la Ley
- Fijación del saldo vivo de la deuda en la Ley de Presupuestos.
- Determinación del límite máximo y autorización de emisión de la Deuda.
- Emisión efectiva por parte del ministro de Hacienda.
Avales del Estado
El Estado puede utilizar su crédito para avalar préstamos solicitados por otros sujetos. Esto da lugar a las operaciones de crédito. Con el aval, el Estado hace uso de su crédito para garantizar el fin de otra operación de crédito realizada por un tercero y en caso de no cumplir con sus compromisos le corresponderá al estado en su condición de avalista satisfacer el gasto.