Ciencia del Derecho: Fundamentos, Razonamiento y Procedimientos

Ciencia del Derecho

Introducción al Derecho como Fenómeno Social

El derecho, como objeto de estudio, es un derivado del fenómeno social. Toda conducta y norma que surge de la comunidad y la convivencia humana se considera un fenómeno social.

El derecho debe reflejar la realidad social. Cuando una regla jurídica no se ajusta a la realidad social, se crea una disfunción. Un ejemplo de esto es la adopción del Código de Comercio italiano de 1964 en otros países sin las reformas necesarias para adaptarlo a la realidad social específica de cada contexto.

El derecho debe ser un sistema positivo, creado por legisladores que actúan como representantes de la sociedad. Sin embargo, a veces se promulgan leyes sin considerar plenamente su eficacia social, como por ejemplo, algunas leyes de violencia doméstica.

El Derecho como Ciencia

El derecho se debe estudiar desde una perspectiva técnica. La experiencia jurídica ha dado lugar a un pensamiento jurídico que abarca diversas disciplinas intelectuales, originando las ciencias jurídicas.

El derecho es histórico, ya que obedece a la realidad social de un momento determinado. Aunque las normas de fondo se mantienen, su contenido y valor intrínseco cambian con el tiempo.

La filosofía del derecho estudia los fundamentos y el origen del derecho, así como el orden de los valores para su promulgación. Desde este punto de vista, el derecho se constituye como un saber científico.

Elementos Fundamentales del Derecho

El derecho se fundamenta en tres elementos que se pueden sistematizar y ordenar:

Fundamentos del Conocimiento Jurídico

Los fundamentos del conocimiento jurídico son los pensamientos que forman el núcleo de este conocimiento. Estos conceptos base, modos de razonamiento y procedimientos técnicos son esenciales y se convierten en herramientas jurídicas usuales, llamadas utensilios de base.

Categorías Jurídicas

Las categorías jurídicas son los principios de la ciencia del derecho que constituyen la materia elemental del mismo. Son nociones fundamentales que forman una red de conceptos, generando una organización intelectual y un universo racional. Cada categoría jurídica corresponde a una noción abstracta que reúne elementos constantes y necesarios. Es tarea del jurista buscar los elementos constitutivos de cada noción.

Categorías Jurídicas y Rasgos Variables

Las categorías jurídicas presentan diversas características que complejizan su manejo. A menudo, la ley no define las nociones básicas o fundamentales, o las define de manera inapropiada. Estas nociones pueden surgir de la doctrina o la jurisprudencia, lo que genera incertidumbre. En otros casos, la noción es clara y precisa. Ejemplos de categorías jurídicas son la compensación, la subrogación y la solidaridad activa y pasiva.

El derecho busca entender estos conceptos para darles un contenido circunstancial, de acuerdo con el momento histórico. Los rasgos variables de las categorías jurídicas hacen complejo su manejo, ya que pueden ser ambiguas o poco definidas, lo que requiere interpretación a la luz de la ley.

Razonamiento Jurídico

El razonamiento jurídico es un ejercicio del pensamiento jurídico que reviste gran importancia para el legislador, el abogado y el juez. El abogado razona para convencer y el juez para motivar su decisión. En ambos casos, el razonamiento jurídico sigue un proceso demostrativo fundamentado en la lógica.

La lógica jurídica se diferencia de la lógica elemental por ser menos rigurosa. La demostración jurídica busca estar conforme al derecho. Una pretensión o solución jurídica válida debe estar fundada en el derecho, lo que se conoce como silogismo jurídico.

En un proceso judicial, la decisión se basa en un razonamiento jurídico apegado al derecho. Los actos que preceden a la decisión final, como los alegatos y las pruebas, son fundamentales en el razonamiento jurídico. Estos actos deben fundarse en una construcción lógica (sana crítica).

La doctrina explica la construcción lógica mediante la premisa mayor (categoría jurídica) y la premisa menor (exposición y comprobación del hecho). La decisión final es la conclusión del silogismo jurídico, que aplica la regla de derecho al caso.

El silogismo jurídico requiere tres planos o fases:

  1. Afirmación del derecho: Busca la regla de derecho aplicable al caso.
  2. Comprobación del hecho: Analiza y reflexiona sobre la prueba con relación a los hechos. El operador del derecho debe ser observador, tener sentido común, exactitud, precisión y objetividad.
  3. Calificación de los hechos: Reviste al hecho comprobado de la calidad jurídica que le permite producir efectos de derecho.
Correctivos del Razonamiento Lógico

Para un razonamiento jurídico válido, se deben considerar los siguientes correctivos:

  1. Equidad
  2. Sentimiento de justicia
  3. Consideración humanitaria

Si no se consideran estos correctivos, la decisión puede ser arbitraria.

Procedimientos Técnicos Usuales

Presunción

La presunción consiste en aceptar la existencia de un hecho no demostrado directamente, pero que se infiere de las pruebas de otro hecho. Es un modo de prueba indirecta que, junto con otros medios de prueba contundentes, permite calificar un hecho como cierto.

Existen presunciones legales, judiciales, simples e irrefragables.

  • Legales: Establecidas por la ley.
  • Judiciales: Autorizadas por la ley para fundamentar una decisión.
  • Simples (juris tantum): Admiten prueba en contrario.
  • Irrefragables (juris et de jure): No admiten prueba en contrario.
Ficción

La ficción es cuando la ley da por cierto un hecho que es desmentido por la realidad. Un ejemplo es la personalidad moral de las empresas.