Caracter androgiseno defensa civil


IX.DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

PRIMERA

Los titulares de las Entidades Públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos locales, en un plazo que no excederá los 30 días hábiles, contados desde la fecha de entrada en vigencia de la presente Directiva, expedirán una Resolución o norma equivalente, constituyendo el GTGRD; asimismo, en un plazo máximo de 05 días hábiles posteriores a su constitución se instalará el GTGRD.

La Resolución Ministerial, Regional y Municipal o norma equivalente, así como el Acta de Instalación será publicada en su portal Institucional y/o en el Diario Oficial El Peruano.

SEGUNDA

Las entidades públicas que tengan constituidos sus GTGRD a la entrada en vigencia de la presente Directiva, deben adecuar dicha conformación a la presente Directiva en un plazo que no excederá los 30 días calendarios, contados desde la fecha de entrada en vigencia de la presente directiva.

ANEXO : MODELO DE RESOLUCIÓN DE CONSTITUCIÓN DEL GRUPO DE TRABAJO DE LA GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES PARA GOBIERNOS REGIONALES

VISTOS:

El Informe Nº XXX-2012-XXXXXX emitido por XXXXXX CONSIDERANDO:


Que, en la Ley Nº 29664, que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, el mismo que establece que el CENEPRED así como el INDECI son organismos públicos ejecutores adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, responsables de coordinar, facilitar y supervisar la formulación e implementación de la Política Nacional y el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, siendo que la nueva legislación, busca articular a los diversos actores sectoriales, regionales y locales, políticas, instituciones públicas y privadas del país, teniendo para el caso de los niveles regionales y locales, el mandato de ejecutar los procesos de la Gestión de Riesgos de Desastres;

Que, el documento en mención, señala que, corresponde al Gobierno Regional de XXXX, adoptar las decisiones de orden institucional relacionados con la constitución del Grupo de Trabajo integrado por funcionarios directivos superiores, y/o adecuar su estructura orgánica para desarrollar los procesos de la Gestión de Riesgo de Desastres, asegurando su incorporación transversal en la función de las unidades orgánicas del nivel de Gobierno;

Que, conforme al artículo 61 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, entre las Funciones que en materia de Defensa Civil tiene el Gobierno Regional de XXXX, se señala aprobar, ejecutar, dirigir, controlar el Sistema Regional de Defensa Civil, así como también la de organizar y ejecutar acciones de prevención de desastres y brindar ayuda directa e inmediata a los damnificados y la rehabilitación de las poblaciones afectadas;

Que, el artículo 5 de la Ley Nº 29664,establece los lineamientos de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, señalando en el numeral 5.2 que las entidades públicas en todos los niveles de gobierno son responsables de implementar los lineamientos de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres dentro de sus procesos de planeamiento, asimismo establece nueve (09) lineamientos de Política, los cuales se encuentran orientados a impedir o reducir los riesgos existentes, evitar la generación de nuevos riesgos; realizar una adecuada atención, rehabilitación y reconstrucción ante situaciones de desastres, así como también el minimizar los efectos adversos sobre la población, la economía y el ambiente;

Que, de acuerdo a lo que dispone el artículo 8 de la Ley en mención, entre los objetivos del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, se encuentra la identificación de los peligros, el análisis de la vulnerabilidad, la atención oportuna de la población en emergencias, a través de procesos adecuados para la preparación, respuesta y rehabilitación; asimismo, el artículo 9 determina la composición del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, comprendiendo en su composición a los Gobiernos Regionales, para luego establecerse en el artículo 14 que entre las facultades de los gobiernos regionales y locales se encuentra el de formular, aprobar, supervisar, dirigir y aprobar los procesos de Gestión del Riesgo de Desastres, estableciendo que los Presidentes Regionales y Alcaldes, se constituyen en las máximas autoridades responsables de los Procesos de Gestión del Riesgo de Desastres, siendo los responsables directos de incorporar los procesos de la Gestión del Riesgo de Desastres en la gestión del desarrollo, en el ámbito de su competencia político administrativa;

Que, el Artículo 9 de la Ley en mención, señala que el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres-SINAGERD- está compuesto por la Presidencia del Consejo de Ministro, el Consejo  Nacional  de  Gestión  del  Riesgo  de  Desastres  (CONAGERD),  el  Centro  Nacional  de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres, el Instituto Nacional de Defensa Civil, los Gobiernos Regionales y Locales, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, las Entidades Públicas, las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional del Perú, las Entidades Privadas y sociedad Civil;

Que, el Artículo 12 de la Ley 29664 define al Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres (CENEPRED

, como organismo público ejecutor que entre otras funciones se encarga de promover que las entidades públicas desarrollen e implementen políticas, instrumentos y normativas relacionadas con los procesos de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres;

Que, el Artículo 13 de la Ley 29664 define al Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), como organismo público ejecutor que entre otras funciones se encarga de promover que las instituciones públicas desarrollen e implementen políticas, instrumentos, normativas relacionadas con los procesos de preparación, respuesta y rehabilitación;

Que, el numeral 14.1 del Artículo 14 de la Ley 29664 encarga a los Gobiernos Regionales como integrantes del SINAGERD desarrollar entre otras funciones la formulación, aprobación de normas y planes, así mismo evalúan, dirigen, organizan, supervisan, fiscalizan y ejecutan los procesos de