Autorizaciones Ambientales, Impacto y Legislación en Proyectos Hoteleros
Relación AAI, AAU y DIA
Las autorizaciones AAI (Autorización Ambiental Integrada), AAU (Autorización Ambiental Unificada) y DIA (Declaración de Impacto Ambiental) son cruciales en la gestión de proyectos hoteleros. Estas autorizaciones se rigen por la Ley 21/2013 de Evaluación Ambiental en España y, a nivel regional, por el Reglamento de Evaluación Ambiental de la CAE (Decreto 54/2011 del 29 de abril) y el Reglamento de autorizaciones y comunicación ambiental de la CAEx (Decreto 81/2011 del 20 de mayo). Estas autorizaciones permiten la explotación de instalaciones industriales bajo condiciones que aseguran el cumplimiento de la ley.
Matriz de Importancia
La matriz de importancia es una herramienta para identificar el impacto de una actividad sobre un factor ambiental. Se utiliza mediante:
Valoración Relativa
- Suma de filas: Indica los factores más afectados por el proyecto.
- Suma de columnas: Identifica las acciones más agresivas sobre el medio ambiente.
Valoración Absoluta
Permite identificar la agresividad de las acciones y la fragilidad del medio. Es importante destacar que no existe proporcionalidad entre los valores, por lo que no se pueden comparar directamente los impactos dentro de la misma matriz. La utilidad de esta valoración radica en la detección de factores que, aunque tengan poco peso específico, pueden ser altamente impactados.
Principales Modificaciones D97/11 frente 85/337
La Directiva 97/11/CE introduce modificaciones significativas respecto a la Directiva 85/337, incluyendo:
- Ampliación de la lista de proyectos sometidos a EIA (Evaluación de Impacto Ambiental).
- Mejora de los procedimientos administrativos.
- Exclusión de ciertos proyectos.
- Coordinación con otras normativas preventivas (IPPC).
- Establecimiento de criterios para determinar la vinculación a EIA de proyectos en el Anexo II.
- Refuerzo del proceso de información previa.
- Consideración de los esfuerzos transfronterizos.
- Modificación de la información incluida en el EsIA (Estudio de Impacto Ambiental).
Legislación de la UE Previa a Maastricht
Antes del Tratado de Maastricht, la Unión Europea ya legislaba en materia ambiental. El Acta Única de 1987 incluyó un título específico de medio ambiente con los siguientes artículos:
- Art 130R: Define la acción comunitaria en medio ambiente (conservar, proteger y mejorar la calidad del medio ambiente, contribuir a la protección de la salud humana y garantizar el uso racional de los recursos).
- Art 130S: Facilita al consejo la toma de decisiones sobre acciones ambientales.
- Art 130T: Permite a los estados miembros adoptar medidas de mayor protección que las aprobadas por la comunidad.
Cuándo se Requiere EsIA y Cuándo No
No se requiere EsIA en proyectos destinados a la defensa nacional o en proyectos de acto legislativo nacional específico. Los estados miembros pueden liberar de la EIA en casos excepcionales. Sin embargo, deben someterse a EsIA los proyectos del Anexo I de la Directiva 97/11/CE, como:
- Proyectos de extracción de aguas subterráneas con un volumen anual igual o superior a 10 millones de metros cúbicos.
- Instalaciones para la cría intensiva de aves de corral y cerdos: 85,000 plazas de pollos, 60,000 plazas de gallinas, 3,000 plazas de cerdo de engorde o 900 plazas de cerdas de cría.
Proyectos con Impacto Transfronterizo
Si un proyecto afecta al medio ambiente de otro país, debe seguir la legislación vigente de ese país en materia medioambiental. El país afectado tiene poder de decisión sobre la aprobación del proyecto, según la Directiva 97/11/CE.
Ley 21/2013 de Evaluación Ambiental
Esta ley deroga el RDL 1/2008 y establece las bases para la evaluación ambiental de planes, programas y proyectos que puedan tener efectos significativos sobre el medio ambiente, garantizando un alto nivel de protección en todo el territorio del Estado.