Apuntes derecho internacional publico Fernando gamboa
TEMA 2 y 3
Concepto de Derecho Internacional Publico
Es el conjunto de reglas que van a determinar los deberes y los derechos de los Estados en sus mutuas relac
Diferencias entre el DIPublico y DIPrivado
Sujeto Estado Particulares
Fuente Tratados, Acuerdos y Leyes, Reglamentos, Jurisprudencias, Costumbre, etc.
Convenios internacionales
Fundamento Organizaciones Internacionales La Vía judicial
Comunidad Internacional
Sanción: Vía diplomática Tribunales o Juzgados
Teoría Monista:
Expone que el Derecho Interno del Estado es igual al Derecho Internacional Publico.
Teoría Dualista:
El Derecho Interno de de los Estados es diferente al Derecho Internacional Publico.
Fuentes del DIP:
la fuente directa son los tratados, acuerdos y convenios internacionales, y la fuente indirecta es la ley, la jurisprudencia, los reglamentos, la costumbre, opiniones de los juristas, etc.
Concepto de Tratado:
Acuerdos por escrito realizados por los Estados o entre los Estados.
Comienza TEMA 4
Noción general de Estado:
El Estado es titular de deberes y derechos porque es una figura o persona jurídica (abstracta).
Nacíón:
Es sentimiento, folklore, cultura
Concepto de Estado: Es la representación política de una nacíón jurídicamente estructurada.
Clasificación de Estado:
– Simples: porque es unitario y nace unitario
– Compuestos: es aquel que a través de su desarrollo y por sus acciones a hecho uníón con otros Estados. Ejemplo: Las federaciones (Rusia), las confederaciones (USA). Y se hacen unitarios con el tiempo.
Los Estados compuestos nacen de acciones violentas o pacificas.
Venezuela nacíó unitaria.
Como nace un Estado:
cuando existen los tres elementos esenciales para su creación: territorio, población y poder.
Un Estado puede extinguirse si pierde uno de sus tres elementos.
Nacimiento de los Estados:
– Teoría de la familia: a través de la familia se forma la población que a su ves ocupa un territorio determinado y luego esta población le da el poder o administración a un grupo de personas.
Tema 6 – La Subjetividad Internacional
Los Estados tienen la condición de ser sujeto de derecho internacional público.
Reconocimiento de Estado: Es el acto mediante el cual la comunidad internacional reconoce a ese Estado como miembro de ella.
Carácterísticas del Reconocimiento:
Personal
Facultativo
Voluntario
Irrevocable
Tipos o Formas de Reconocimiento:
1) Reconocimiento de Estado: Es cuando este nace ya ante la comunidad internacional con sus elementos existenciales.
2) Reconocimiento de Gobierno: Si está legitimado por el pueblo.
Formas de Reconocimiento:
1) Expreso (por escrito)
2) Tácito (lo que se hace por parte de la comunidad internacional para reconocer a un Estado)
Gobierno de Facto:
Doctrinas:
1) Tovar (ecuador) = expresa que reconocer un gobierno de facto es un ejemplo inmoral ante la CI
2) Estrada (México) = dice que no se debe intervenir en el orden interno del Estado. La CI debe simplemente respetar eso.
3) Stimson (USA) = dice que no podemos intervenir en los asuntos internos de cada Estado puesto que seria un mal ejemplo reconocer a un gobierno de facto sin antes legitimarse ante su pueblo.
Tema 7 – La Comunidad Internacional
Tiene como finalidad velar, arbitrar u observar por el cumplimiento de las leyes, acuerdos y tratados internacionales.
Carácterísticas de la comunidad internacional:
1) Es independiente de los gobiernos que la forman.
Liga o Sociedad de Naciones:
compuesta por una asamblea principal un consejo y el secretario.
La ONU tiene como finalidad:
1) Preservar las nuevas generaciones del flagelo de la guerra.
2) Reafirmar la FE
3) Crear condiciones para mantener la justicia y el respeto a los tratados internacionales.
4) Promover el progreso social y elevar el nivel de vida.
Estructura de la ONU:
1) Asamblea General
2) El Consejo de Seguridad
3) El Consejo Económico y Social
4) La Corte Internacional de Justicia
5) Las Secretarías.
El Consejo de Seguridad está conformado por 15 naciones miembros de los cuales 5 son permanentes y tiene como finalidad analizar todo lo relacionado con la seguridad del desarrollo de las propuestas realizadas por la asamblea general.
Miembros Permanentes:
USA, Rusia, China, Francia y Reino Unido.
Objetivo:
Mantener las buenas relaciones, el progreso, preservarla paz, reducir las tensiones entre los Estados, prevenir enfermedades, proteger a los refugiados, etc.
Estructura:
1) Secretario General
2) Asamblea General
3) Reunión de consulta de ministros de relaciones exteriores
4) Consejo interamericano para el desarrollo integral.
Tema 8 – Órgano DE LAS RELACIONES INTERNACIONALES
DERECHO DIPLOMÁTICO:
es el conjunto de principios y norma que regulan la situación y el funcionamiento de las embajadas, consulados, los privilegios, inmunidades, de sus funcionarios también.
REPRESENTACIÓN:
Embajador, Cónsul.
SE CLASIFICAN EN:
embajadores, nuncios, cónsules, enviados extraordinarios, ministros plenipotenciarios, encargados de negocios, el cuerpo secretarial y el cuerpo de funcionarios.
Los Enviados Extraordinarios:
van directo a un objetivo con las directrices del Estado Venezolano, cumplido eso se regresa al país.
Ministros Plenipotenciarios
En nuestro caso actual es Rafael Ramírez, también va para una materia en especifica, en este caso es el Petróleo.
Cuerpo Secretarial: las secretarías.
Encargado De Negocios:
para el profesor esta es la figura más importante ya que se encarga de los tratados, convenios y acuerdos entre los Estados.
Privilegios:
Pueden ser privilegiados porque son funcionarios diplomáticos, la asamblea nacional lo autoriza.
Inmunidades:
Las gozan los funcionarios de más alta jerarquía.
CARTAS PATENTE:
Son los documentos de un funcionario diplomático solicitando a otro Estado que le permita entrar a ese Estado para cumplir sus funciones diplomáticas. Es el expediente del funcionario, estas cartas llegan a través de EXEQUATOR, es el documento que expide la vía diplomática aceptando o no al funcionario y el Plácet es la aceptación de recibir al funcionario, de aceptarlo.
TEMA 9 – LA RESPONSABILIDAD INTERNACIONAL
Responsabilidad:
es el acto hecho por el Estado por haber violado una regla o norma del DIP, ocasionando un daño a ese otro Estado y que lo obliga a repararlo, es ese acto de imputación.
Existen 2 clases de responsabilidad
a. La moral
b. La jurídica
LA MORAL:
Ayudarnos, apoyarnos, cuando incurre en ese acto de incumplimiento se le hace sumamente difícil su reparación porque es un daño que se le está haciendo al Estado.
LA JURÍDICA:
Es cuando es por el incumplimiento ya se puede hablar de algo contractual por escrito, es una responsabilidad directa y el Estado tiene que responder.
Existe una responsabilidad indirecta del Grupo Jurídico, cuando es realizado por un funcionario o funcionarios del estado.
Tema 11 – DOMINIO Marítimo
En aquellos tiempos se empieza a desarrollar el Derecho del Mar el cual se empieza con las mediciones y estas eran hechas con un cañón, el cual era disparado y la medida de la trayectoria de la bala era utilizada para tener la talla del mar territorial de ese estado ribereño, por lo tanto todo el resto era el mar libre. En 1960 se comienzan a reunir diferentes estados, con la necesidad de identificar las zonas marítimas y establecer una distancia para todos los estados ribereños.
El Derecho Del Mar:
es el conjunto de principios y normas que regulan los espacios marinos, y las relaciones entre los estados para la utilización del océano mundial, de su fondo, de su subsuelo, con fines diferentes.
CLASIFICACIÓN QUE ACTUALMENTE ESTÁ VIGENTE:
se establecíó desde el punto ribereño hasta el mar libre 200 millas náuticas.
LAS ZONAS DEL MAR TERRITORIAL SE DIVIDEN EN:
En 1973 la ONU establece la división de las zonas marítimas de los estados ribereños de la siguiente forma:
1. Mar Territorial: Es su soberanía como venezolano, es la soberanía marítima del Estado
2. Zona Contigua: Se puede definir como la zona adyacente al borde exterior del límite del mar territorial
3. Zona Económica Exclusiva: Un área situada más allá del mar territorial adyacente, que está sujeta al régimen jurídico especifico establecido en esta parte de acuerdos con el cual los derechos y la jurisdicción del estado ribereño y los derechos del libertades de los demás estados. (ESTOS SON PUNTOS DE CONTROL)
4. Plataforma Continental: Desde la punta de la ribera hasta la profundidad del agua, es el borde de la tierra. Esa plataforma continental es la extensión de la tierra o el subsuelo debajo del mar y toda esa riqueza marina es nuestra.
5. Mar Libre: No está sometido a la soberanía de los Estados, sino a la ONU
TEMA 12 – DOMINIO FLUVIAL
Ríos:
Son separaciones de tierra donde transita agua dulce y existen ríos internacionales y ríos internacionalizados, y son utilizados para el intercambio de comercio. El continente americano tiene ríos INTERNACIONALES y el continente Europeo tiene ríos INTERNACIONALIZADOS. En los Internacionales la soberanía la ejerce el estado por donde circula ese rio, pero en los ríos INTERNACIONALIZADOS están bajo un régimen internacional de administración.
Canales:
Es una franja de tierra que permite un paso y existen los canales naturales y artificiales.
Naturales:
el Canal de MAGALLANES, EL ESTRECHO de BERIN
Artificiales:
el CANAL DE Panamá (los que el hombre construye para su necesidad)
TEMA 13 – DERECHO AÉREO
Es el poder que ejerce el estado sobre el espacio atmosférico que cubre el territorio, incluyendo el mar territorial. Es un poder vertical e infinito. Existe una organización internacional de aviación civil (OICA) (OACI).
DISTINTAS CONFERENCIAS SOBRE EL ESPACIO Y DERECHO AÉREO:
Conferencia de París: Se establece que sí se puede sobrevolar el espacio aéreo de los estados, siempre y cuando estos den su consentimiento.
Conferencia de La Habana: Vamos a aprovecha el espacio aéreo para los estados.
Conferencia De Santiago De Chile: se plantea la necesidad de la utilización del espacio aéreo a favor de los pueblos y que se regule, se crea un organismo que regule el espacio aéreo.
Conferencia de San Francisco: En esta se aprueba el sobrevuelo del espacio aéreo de los Estados y nace la aviación civil.
Se clasifican en dos grupos:
Público. Privado.
TEMA 14 – DERECHOS HUMANOS:
Establecidos y aceptados por la comunidad internacional en 1.948. Son los derechos intrínsecos del ser humano. Es el conjunto de valores éticos que componen la dignidad humana propia de todos los hombres desde que nacen, sin distinción de religión, ideales, colores, valores éticos, que nacen con la persona.
CarácterÍSTICAS DE LOS DERECHOS HUMANOS
1. Son Universales: porque son para todas las personas
2. Son Obligatorios: porque nos imponen una drástica obligación a cumplir
3. Son Indispensables: porque son necesarios para el desarrollo del ser humano
4. Son Integrales: siempre están integrados en la sociedad
El Derecho Internacional de los Derechos Humanos (DIDH) supone, por lo tanto, un conjunto de acuerdos entre dos o más Estados en los que se establecen normas mínimas en cuanto al trato que los ciudadanos deben recibir de los gobiernos y en cuanto a los límites y obligaciones que tienen los poderes públicos para actuar frente a las personas.
LAS ONG (ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES)
Tienen un fondo social de ayuda humanitaria.
Clasificación DE LAS ONG:
TODAS ESTAS TIENEN DE NATURALEZA EL APOYO SOCIAL SIN LUCRO.
a. Organizaciones voluntarias
b. Agencias u organismos de servicios no lucrativos
c. Organizaciones comunitarias o populares
d. Organizaciones no gubernamentales para el desarrollo
e. Organizaciones de Inmigración
TEMA 15 – DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO:
Se crea por la necesidad de ayudar a las personas que participan en las guerras o hechos bélicos.
Características DEL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO
1. Son Universales: Se extiende a todas las personas en tiempo de guerra
2. Son Inviolables: Porque ninguna autoridad en tiempos de guerra puede actuar legítimamente contra esas personas.
3. Son Progresivos: Porque tienen un carácter evolutivo en las situaciones bélicas que se presentan
FUENTES DEL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO
1. La Convencíón De Ginebra:
1º convencíón de Ginebra en 1864 se llego al acuerdo para el mejoramiento de la suerte de los militares heridos, en 1906 en la
2º convencíón de Ginebra se vuelve a tratar lo mismo, el mejoramiento de la suerte de los militares heridos, en la
3º convencíón se trato lo mismo nuevamente pero se le agrega “ y enfermos “ que participan en esas guerras y en la
4º convencíón en 1949 se trato todos los puntos anteriores y acuerdan que tienen que proteger todavía más a esas víctimas que participan en esas guerras, militares y también a los heridos, enfermos y náufragos, pero también se deben incluir a las personas civiles que participan en esas guerras.
TEMA 16 – DERECHO DE ASILO
Generalmente el derecho de ASILO se ha tratado de desvirtuar en su naturaleza, Venezuela es ferviente creedor del derecho de Asilo.
El Derecho De Asilo: Es un derecho de protección a la persona o la familia de esa persona que corre peligro por sus vidas, por ser perseguido político y no acepta regreso del asilado.
TIPOS DE ASILO
Asilo Diplomático:
Es cuando se agota la vía diplomática, la persona que se siente perseguida política solicita ante otro estado el derecho de asilo para que sea analizado si es viable o no. Una vez que ese estado al cual s la ha solicitado el asilo acepta dar el asilo y el estado del solicitante también lo aprueba, no se acepta el regreso del solicitante a su país. EjemploÑ (Caso de Pedro CARMONA ESTANGA)
Asilo Territorial:
En este no se utiliza la vía diplomática, la persona se va al otro estado y se presenta allá. Quiere decir, que el estado propio no lo aprueba pero lo aprueba el estado al que se le está solicitando. (Caso de Manuel ROSALES)
Refugiados:
Es aquel que ve su vida en peligro y se refugia dentro de un país X y el país receptor no puede reusarse.
Desplazados:
Es aquella persona o grupo de personas que su vida se ve afectada por causas naturales o por acciones violentas y se ven en la imperiosa necesidad de desplazarse hasta otro territorio para salvaguardar su vida. Por lo general se da entre territorios vecinos.
TEMA 17 – MEDIOS DE Solución DE CONFLICTOS INTERNACIONALES
Es ese arreglo pacífico de una controversia internacional entre esos Estados.
Clasificación DE LOS MEDIOS DE Solución
Medios Diplomáticos: EL estado primeramente busca los medios diplomáticos que son:
· Las negociaciones directas: Cuando la solución se media directamente entre los dos Estados a través de sus máximos representantes internacionales que son sus presidentes.
· Los buenos oficios: Cuando a través de la vía diplomática un mediador de buena voluntad y de forma voluntaria, interviene de buena fé en la controversia entre dos Estados para ayudar a buscar una solución satisfactoria y pacífica para todas las partes, igualmente la mediación y la conciliación.
· La mediación: un grupo busca la solución, se usa la presión pero no actúan a nombre del estado.
· La conciliación: se buscan soluciones pacificas.
· La investigación: cuando existen esas controversias los estados de mutuo acuerdo, nombrarán comisiones de investigación, una por cada estado para instalar mesas de investigación, esas mesas de investigación van a trabajar para analizar el motivo de esas controversias. Ningún miembro de ninguna de estas comisiones podrá emitir ningún tipo de opinión ni juicio al respecto, ya que esto será considerado ALTA TRAICIÓN.
2. Los medios judiciales:
· La vía judicial nacional: primero se agota la vía judicial nacional para después ir a la vía internacional.
· La vía del Arbitraje internacional: es la más expedita.
EL ARBITRAJE:
En Derecho, es una forma de resolver un litigio sin acudir a la jurisdicción ordinaria. Es una estrategia de resolución de conflictos junto a la negociación, mediación y conciliación, en la que un árbitro dicta una decisión sobre una controversia que es de obligatorio cumplimiento para las partes. Un laudo arbitral es cosa juzgada y no tiene apelación. El colegio de arbitraje o arbitradores es la comisión encargada del proceso de arbitraje.
TEMA 18 – SANCIONES EN EL DERECHO INTERNACIONAL
Aquel Estado que ocasione una perturbación o un daño intencionalmente a otro estado será sancionado. Por lo tanto, la sanción es la medida coercitiva que se aplica a quien comete la falta o el daño.
TIPOS DE SANCIONES
1. Medios de agresión: ·
La Agresión Propia:
Es el acto innato con efecto de agredir.
La Retorsión:
Es una medida restrictiva o prohibitiva empleada por un Estado contra otro Estado, como consecuencia de un acto de igual naturaleza realizado por ese otro Estado.
Las Represalias:
Son medidas de violencia, mediante las cuales un Estado responde a un hecho ilícito realizado por otro Estado en contra de los intereses de este.
El Bloqueo:
es una medida que consiste en impedir el acceso terrestre, aéreo y marítimo a un Estado.
La Ruptura:
Es cuando un Estado se considera ofendido por otro Estado, este rompe toda clase de relaciones con aquel, tanto diplomáticas como consulares.
La Autotutela:
Es la acción en la que un Estado de forma voluntaria se presenta y se ofrece para representar o tutelar a algún otro Estado en un conflicto. (Ej. Caso USA, Rusia, Inglaterra, Irán).
La Guerra:
es la negación del derecho, es donde los estados van a enfrentarse de forma bélica. (Ej. Guerra marítima, aérea o terrestre. Es una acción armada). En la guerra se utiliza mucho el armisticio, que es motivado bien sea por salud o comida, se suspende por un periodo la guerra y después de recuperados se continua.
La Neutralidad:
Es la posición que fija a un estado, muy propia y soberana de no interferir en esa guerra que hay entre esos Estados. El caso más conocido al respecto es el de la guerra de Las Malvinas, Venezuela fue neutral ante ese conflicto.
TEMA 19 – LA INTERVENCIÓN
Es el acto ilegítimo que lleva a cabo un Estado en perjuicio de otro Estado.
TIPOS DE INTERVENCIÓN
1
Intervención Militar:
Cuando las fuerzas armadas de un Estado invaden el territorio de otro Estado (intervención de USA en IRACK)
2
Intervención Diplomática:
Cuando los funcionarios diplomáticos encontrándose en el territorio de otro Estado ejecutan actos ilegítimos que alteran el orden interno de dicho Estado. (Ej. Caso de la embajada USA con guantes y pelotas regaladas en Venezuela).
3
Intervención Oficiosa:
Cuando funcionarios o personalidades de un Estado ejecutan actos ilegítimos dentro de otro Estado u ofician entre Estados, se maneja a través de las presidencias de las repúblicas, entre Estado y Estado, pero públicamente. (Ej. Lo vemos ahorita 2 ex presidentes visitando ramo verde).
4
Intervención Financiera:
Existen 3 teorías conocidas que son las de los Dres. DRAGO, CALVO y PORTER. Calvo Decía: “No estoy de acuerdo ni jamás aprobaré que un estado sea intervenido por deudas financieras.” Drago Decía: “Estamos totalmente de acuerdo con el Dr. Calvo, pero hay que ver quien está causando la deuda.”Porter Decía: Estoy de acuerdo con los Dres. Calvo y Drago, debemos saber quien causa las deudas, por qué y cómo, pero vamos además a buscarle la solución y vamos además a agotar la vía judicial interna de cada Estado para que a nivel internacional se tomen las sanciones justas y necesarias.
5
Intervención Tecnológica:
Es cuando un Estado interviene tecnológicamente a otro Estado, en muchos casos valíéndose de su superioridad a nivel de avances tecnológicos. (Ej. Los Hackers).