Análisis Detallado del Hurto, Robo, Secuestro y Estafa en Venezuela

Tipo Legal Básico: Hurto Simple (Art. 451 C.P.)

El hurto simple es el apoderamiento ilegítimo de una cosa mueble ajena, sin violencia o intimidación.

Elementos:

  • Apropiación del objeto sin consentimiento.
  • Intención de aprovechamiento.

Acción: Tomar la cosa ajena para disponer de ella, incluso temporalmente.

Teorías del Momento Consumativo

  • Aprehensio rei: Consumación al tocar la cosa.
  • Amotio: Consumación al mover la cosa.
  • Ablatio: Consumación al sacar la cosa de la custodia (aceptada en Venezuela).
  • Locupletatio: Consumación al obtener provecho (delito agotado en Venezuela).

Sujetos y Objetos

  • Sujeto Activo: Cualquier persona física.
  • Sujeto Pasivo: Propietario, poseedor o tenedor.
  • Objeto Material: Cosa mueble ajena.
  • Objeto Jurídico: La propiedad.

Culpabilidad: Delito doloso.

Penalidad: Prisión de 1 a 5 años (general); 3 a 6 meses si el valor es menor a 1 U.T.

Hurto Calificado y Agravado

Hurto Agravado (Art. 452 C.P.)

Pena de 2 a 6 años de prisión en casos como:

  • Oficinas o establecimientos públicos.
  • Cementerios.
  • Lugares de culto.
  • Sobre persona con astucia o destreza.
  • Objetos de viajeros.
  • Animales en establos o campos.
  • Maderas o materiales en depósitos.
  • Objetos expuestos a la confianza pública.

Hurto Calificado (Art. 454 C.P.)

Pena de 4 a 8 años de prisión en circunstancias como:

  • Abuso de confianza.
  • Aprovechamiento de desastres.
  • Cometido de noche en casa habitada.
  • Ruptura de cercas o protecciones.
  • Uso de llaves falsas o sustraídas.
  • Vías no destinadas al tránsito.
  • Violación de sellos oficiales.
  • Disfraz o uso de uniforme.
  • Cometido por tres o más personas.
  • Simulación de autoridad.
  • Objetos de defensa o auxilio público.

Concurrencia de Calificantes: Pena de 6 a 10 años.

Ley sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores

Hurto de Vehículos (Art. 1)

Prisión de 4 a 8 años.

Circunstancias Agravantes (Art. 2)

Prisión de 6 a 10 años.

Desvalijamiento (Art. 3)

Prisión de 4 a 8 años.

Tentativa de Hurto (Art. 4)

Prisión de 2 a 4 años.

Robo de Vehículos (Art. 5)

Presidio de 8 a 16 años.

Circunstancias Agravantes (Art. 6)

Presidio de 9 a 17 años.

Tentativa de Robo (Art. 7)

Presidio de 6 a 7 años.

Cambio Ilícito de Placas (Art. 8)

Prisión de 2 a 4 años.

Aprovechamiento de Vehículos Robados (Art. 9)

Prisión de 3 a 6 años.

Robo (Art. 455 C.P.)

Apoderamiento con violencia o intimidación simultánea.

Penalidad: Presidio de 4 a 8 años.

Robo Impropio (Art. 456 C.P.)

Violencia o intimidación posterior al apoderamiento.

Robo Leve o Arrebatón (Art. 456 C.P.)

Sin violencia directa sobre la persona.

Robo de Documentos (Art. 457 C.P.)

Presidio de 3 a 6 años.

Robo Agravado (Art. 458 C.P.)

Amenaza a la vida, a mano armada, varias personas, disfraz.

Extorsión (Art. 16 Ley Contra Secuestro y Extorsión)

Restricción de libertad para obtener bienes.

Penalidad: Prisión de 10 a 15 años.

Secuestro

Secuestro (Art. 3 Ley Contra Secuestro y Extorsión)

Delito permanente.

Penalidad: Prisión de 20 a 30 años.

Simulación de Secuestro (Art. 4)

Prisión de 5 a 10 años.

Secuestro con Fines Políticos (Art. 5)

Prisión de 20 a 30 años.

Secuestro Breve (Art. 6)

Prisión de 15 a 20 años.

Agravantes (Art. 10)

Aumento de pena en un tercio.

Cómplices (Art. 11)

Pena reducida en un cuarto.

Estafa

Estafa Simple (Art. 462 C.P.)

Conducta engañosa con ánimo de lucro.

Penalidad: Prisión de 1 a 5 años.

Estafa Agravada (Art. 462 C.P.)

Prisión de 2 a 6 años.

Agravantes Específicas (Art. 462 C.P.)

Aumento de un sexto a un tercio.