Guía completa sobre impuestos para empresas y particulares
¿Qué es el IRPF?
El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) es un tributo que grava la renta que perciben las personas físicas, teniendo en cuenta la naturaleza de esos ingresos y las circunstancias personales y familiares.
Elementos del IRPF
Contribuyente y sujeto pasivo
Son las personas físicas que residen en el territorio español y obtienen una renta.
Hecho imponible
La obtención de la renta.
Base imponible
El importe de la renta que percibe el contribuyente.
Cuota tributaria
Se calcula aplicando el tipo de gravamen que le corresponda al contribuyente sobre la base imponible.
Ámbito de aplicación
Se aplica en todo el territorio español (aunque existen particularidades en País Vasco, Navarra, Canarias, Ceuta y Melilla).
Tipos de renta en el IRPF
- Rendimientos del trabajo. Por ejemplo: el salario que recibe un trabajador.
- Rendimientos de actividades económicas. Por ejemplo: los ingresos que obtiene un autónomo por el trabajo que realiza.
- Rendimientos del capital. Por ejemplo: los intereses de las cuentas bancarias.
- Ganancias y pérdidas patrimoniales. Por ejemplo: la ganancia que obtiene una persona por vender su vivienda.
- Imputaciones de renta establecidas por la ley. Por ejemplo: casos en los que la ley entiende que hay una obtención de renta, sólo por el hecho de ser propietario de un bien. Ejemplo: ser titular de una propiedad que no sea la vivienda habitual.
¿Qué es el Impuesto de Sociedades?
El Impuesto sobre Sociedades es un tributo que grava la renta de las sociedades y las entidades jurídicas.
Es como el IRPF de las personas jurídicas.
Modelo de declaración
Modelo 200
Plazo de presentación
Los 25 primeros días naturales del mes de julio.
¿Quién está obligado a presentar la declaración de la renta?
- Quienes hayan obtenido unos ingresos en concepto de rendimientos de trabajo superiores a 22.000 euros anuales. En este límite se incluyen los sueldos, las pensiones, y otras prestaciones.
- Quienes hayan obtenido unos ingresos en concepto de rendimientos del trabajo superiores a 14.000 euros procedentes de varios pagadores, siempre y cuando el segundo pagador (y los restantes) proporcionen una cantidad superior a los 1.500 euros.
- Quienes reciban más de 14.000 euros anuales en concepto de pensiones compensatorias del cónyuge.
- Los profesionales autónomos que han obtenido rendimientos íntegros de trabajo superiores a 1.000 euros anuales.
- Los contribuyentes que han recibido ingresos patrimoniales o de rendimiento de capital mobiliario (dividendos de acciones, intereses de cuentas, de depósitos o de valores de renta fija, entre otros) superiores a 1.600 euros anuales.
- Los contribuyentes que han recibido un importe superior a 1.000 euros en rentas inmobiliarias (pisos, locales o plazas de garaje).
- Quienes hayan percibido rendimientos del capital mobiliario derivados de letras del Tesoro.
- Quienes hayan recibido subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial.
- Los beneficiarios del ingreso mínimo vital y todas las personas integrantes de la unidad de convivencia, con independencia de su nivel de ingresos.
Formas de declarar los rendimientos en renta para empresarios y profesionales
Hacienda establece diferentes formas de calcular los rendimientos que obtienen los empresarios y profesionales en su actividad económica:
1. Estimación directa
Se calcula el beneficio real obtenido al realizar la actividad de la siguiente forma
RENDIMIENTO DE LA ACTIVIDAD = INGRESOS – GASTOS
Este método se aplica si la cifra de negocios de las actividades que realiza el contribuyente supera los 600.000 euros.
Modelo y plazos
Modelo 130
- 1-20 abril
- 1-20 julio
- 1-20 octubre
- 1-30 enero
2. Estimación directa simplificada
Este método se aplica si la cifra de negocios de las actividades que realiza el contribuyente no supera los 600.000 euros. Se calcula de la misma forma que la estimación directa normal pero se diferencia en algunos aspectos como la llevanza de la contabilidad, la forma de imputar la amortización del inmovilizado, etc.
Modelo y plazos
Modelo 130
- 1-20 abril
- 1-20 julio
- 1-20 octubre
- 1-30 enero
3. Estimación objetiva
Se calcula en función de unos módulos previstos en la ley.
RENDIMIENTO DE LA ACTIVIDAD = Suma de los módulos para esa actividad (personal, potencia instalada, superficie del local, etc.).
Requisitos
- Que la actividad esté incluida en la orden de módulos.
- Que los rendimientos del año anterior no superen los 150.000 euros (250.000 euros si se trata de actividades agrarias, ganaderas o forestales).
Modelo y plazos
Modelo 131
- 1-20 abril
- 1-20 julio
- 1-20 octubre
- 1-30 enero
Retenciones e ingresos a cuenta
Las personas jurídicas que satisfacen retribuciones dinerarias o en especie están obligados a realizar retenciones o ingresos a cuenta.
Ejemplos
- Retención a cuenta: una empresa paga la nómina del empleado y retiene una cantidad para pagar a Hacienda. La empresa retiene al trabajador para posteriormente ingresarlo en Hacienda en su nombre.
- Ingreso a cuenta: Un banco regala una televisión a un cliente por domiciliar la nómina. Deberá cobrar en la cuenta del cliente el importe del impuesto para luego ingresarlo en hacienda.
Modelo y plazos
Modelo 111 (mensual o trimestral)
Modelo 190 (anual)
Impuesto de Sociedades
Hecho imponible
La obtención de renta por el sujeto pasivo.
Sujeto pasivo
Son las personas jurídicas que tengan su residencia en territorio español.
Base imponible
Es el importe de la renta obtenida en el periodo impositivo.
Tipo impositivo
Tipo de gravamen general: 25%
Describe cuáles son los libros que tienen la obligación de llevar las Sociedades: