Objeción de conciencia y desobediencia civil
1. Delimitación entre objeción de conciencia y desobediencia civil: significado y distinción
La objeción de conciencia consiste en rehusar obedecer un mandato de la autoridad legítima porque este es contrario a un imperativo de conciencia, la cual, como instancia última de la moralidad del sujeto, demanda aquí y ahora, un comportamiento radicalmente contrario al prescrito.
Acciones donde el agente piensa
- Por las circunstancias dadas está justificada su actuación.
- En estas no parece existir un auténtico conflicto entre el deber jurídico y el deber moral, sino una causa de justificación de un caso concreto.
- No se objeta lo que la norma mandada, sino su cumplimiento en unas circunstancias dadas.
La desobediencia civil se trata de una acción atípica que tiene por objeto el cambio de una ley (en sentido amplio) o de una política gubernamental.
2. Naturaleza jurídica y contenido de la objeción de conciencia
2.1. Naturaleza jurídica
Existe un claro debate acerca del carácter jurídico de la objeción de conciencia, por lo que para aclararlo, explicaremos las distintas posturas que encontramos.
2.2. Tipología
- Al servicio militar.
- En el ámbito fiscal, que tienen carácter político y por ello deben discutirse en el Parlamento.
- A la práctica del aborto.
- A determinados tratamientos médicos (transfusiones de sangre con testigos de Jehová).
- A expender la píldora poscoital.
- A la celebración de bodas entre contrayentes del mismo sexo.
- A impartir o recibir enseñanzas contrarias a las propias convicciones.
- En el ámbito de las relaciones laborales.
- A exhibir o no determinados atuendos.
- A participar comprometidamente en empresas ideológicas.
- A la prestación obligatoria del juramento.
- A la participación en instituciones como el jurado o mesas electorales.
2.3. Contenido
Se permite imponer a los poderes públicos el deber de tolerar una conducta que infringe una norma, deteniendo la reacción jurídica correspondiente pero siempre que sea exigible ante los tribunales.
3. Naturaleza jurídica y contenido de la desobediencia civil
El origen de la desobediencia civil se encuentra en la tradición político-jurídica del liberalismo clásico. La desobediencia civil es propia del lenguaje de la filosofía moral y política aunque sea una forma de desobediencia al derecho.