Matrimonio universal

Características del Matrimonio:


1- Solemne y publico

2- es consensual

Requiistos para contraer matrimonio:


1- diversidad de sexos

2- mutuo consentimiento

3- capacidad

Deberes y derechos de los cónyuges:


1- fidelidad

2- cohabitación

3- asistencia

4- protección

Extinción dl matrimonio

1- divorcio

Efectos del matrimonio

1– se crea régimen patrimonial

2- crea deberes y derechos enter los cónyuges

Tema 6:  Unión estable de hecho:


Es la cohabitación o vida en común entre un hombre y una mujer


Tipos:


1- Concubinato

2- Unión extramatrimonial

Características:


1- diferentes sexos

2- no es matrimonila

3- es publico y notorio

Tema 7 Concubinato:


Es un hecho de vivir juntos y tener relaciones sin estar casados entre una mujer y un hombre


Elementos

1- unidad

2- consentimiento

3- formalidad

4- disolución

Características

1- ser solteros con intención de matrimonio

2- es disoluble con la muerte o separación

3- debe ser continuo y permanente

Supuestos de necesidadComunidad Concubinaria

1- formación de un patrimonio

2- convivencia matrimonial permanente

Disilución:


1- muerte

2- separación

3- sentencia judicial

Liquidación:


Atraves de la unión estable de hecho

Diferencia entre uniion estable de hecho o matrimonio

1-  que hay parentesco en la unión estable de hecho y el matrimonio si

2- que no existe el divorcio en el hecho y el matrimonio si

Tema 9 – Requerimientos de Forma para contraer Matrimonio


Los Esponsales:


 es una formalidad del matrimonio que consiste en la manifestación de voluntad publica de querer contraer matrimonio. La realización de esta manifestación no engendra la obligación legal de contraerlo.

En que consiste:


1) Las personas que quieran contraer matrimonio lo deben manifestar ante uno de los funcionarios de la residencia de cualquiera de los contrayentes. Debe ser el Alcalde o el funcionario que este autorize, o el registrador civil o los capitanes de buques de bandera Venezuela de ser el caso.
2) Deben expresar bajo juramento ante este funcionario, su nombre, apellido, edad, estado civil, profesión y domicilio ademas del nombre y apellido de sus padres.
3) Esta manifestación deberá hacerse personalmente o por mandato
4) El Funcionario ante quien se realizo la manifestación fijara un cartel conteniendo esta en uno de los sitios mas publico del lugar donde cada uno de los contrayentes tenga su domicilio o residencia.
5) Este cartel permanecerá fijado por 8 días continuos antes de la celebración del matrimonio.
6) Si alguno de los contrayentes no tiene al menos 1 año residenciado en el país, el funcionario debe publicar en un periódico de la localidad o en la mas cercana durante 30 días antes de la fijación del cartel, dicha manifestación.
7) El funcionario ante quien se realiza la manifestación debe formar un expediente que deberá contener lo siguiente:
     a) el acta de esponsales
     b) Todo lo relacionado a la fijación de los carteles
     c) Copias de las partidas de nacimiento de los contrayentes
     d) En caso de ulterior matrimonio, copia certificada del acta de defunción de anterior cónyuge o
         copia certificada de la sentencia firme que declaro nulo o disuelto el matrimonio anterior.
     e) otros…(ver art 69 C.C)
8) El matrimonio no podrá celebrarse sino después de pasados los 8 días de fijación de los carteles correspondientes. Salvo las excepciones de articulo de muerte y formalización del concubinato

Se puede prescindir de la realización del expediente esponsalicio cuando:


1)
Matrimonio bajo articulo de muerte.
2) Cuando se ha vivido en concubinato,

Formalidades del acto de matrimonio


Art 108 L.O.R.C: La autorizad competente informara a los contrayentes o a su apoderado según sea el caso acerca de la naturaleza del matrimonio, deberes y derechos de los cónyuges y acto seguido preguntara si consienten en recibirse mutuamente como marido y mujer y si estos asientes los declarara unidos en matrimonio civil en nombre de la RBV y por autoridad de la Ley.

Matrimonio en articulo de muerte:


Art 110 L.O.R.C: Este matrimonio se celebrara en cualquier hora y lugar ante la autoridad competente o de no ser posible la presencia de esta, podrá realizarse ante cualquier autoridad administrativa civil, judicial o militar y EXCEPCIONALMENTE y en caso de no contar con la presencia de las autoridades antes señaladas, se podrán celebrar entonces ante tres (3) personas mayores de edad, capaces y que no tengan relación de parentesco con los contrayentes, dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad y que sepan leer y escribir

Contenido del Acta en articulo de muerte


Art 112 L.O.R.C: De no poseerse el libro respectivo de actas, esta se podrá levantar en cualquier medio disponible para ser insertada en el libro lo antes posible.