Contrato de seguro mercantil formato
– SEGURO:
- La empresa aseguradora se obliga mediante una prima a resarcir un daño o a pagar una suma de dinero al verificarse la eventualidad prevista en el contrato
- Las organizaciones de seguros pueden organizarse como mutualistas o sociedades anónimas
- 15 dias para aceptación de contrato suspendido, 30 dias si es necesario examen medico
– Poliza:
- Nombre y domicilio de los contratantes
- Firma de la empresa aseguradora
- Designación de la cosa asegurada
- Naturaleza de los riesgos
- tiempo garantiza el riesgo y la vigencia
- Monto de la indemnización
- Cuota o prima de seguro
– prima:
- Mediante la prima el asegurado tiene la obligación de pagar la indemnización en caso de siniestro
- Se pagara en el domicilio del contratante
- No se podrá convenir que el seguro entre en vigor hasta después del pago de la primera prima
- En seguros de vida y daños la prima podrá ser fraccionada en periodos de igual duración
– riesgo y siniestro: hecho incierto por el cual se contrata el seguro
- El contrato será nulo si al celebrarse el riesgo hubiere desaparecido a siniestro realizado
– general:
- Si durante el plazo se modifican las condiciones, el asegurado tiene derecho a que se le apliquen
- En cuanto suceda el siniestro, deberá de hacerse saber al seguro (5dias)
- No hay obligación del seguro, si el asegurado omite…
– prescripción:
- 5 años en seguros de via
- 2 años en los demás casos
– Reaseguro:
- una institución toma a su cargo un riesgo total o parcial ya cubierto por otra aseguradora
– Coaseguro:
- cuando se da la participación de dos o mas empresas de seguros en un mismo riesgo
– Contraseguro:
- la empresa de seguro se obliga a reintegrar al contratante las primas cubiertas al cumplirse determinadas condiciones
– clasificación:
- Seguros contra daños
- Automóviles
- créditos
- Sobre personas
- Vida
- Accidente (lesiones)
– elementos personales:
- Contratante puede ser el asegurado o un tercero
- Beneficiario la persona que recibirá la indemnización correspondiente en caso de siniestro
– elementos esenciales:
- Riesgo: el contrato será nulo si en el momento de celebrarse ha desaparecido el riesgo
- Siniestro: hecho incierto por el cual se contrata un seguro
- Indemnización: importe del daño que la empresa aseguradora debe resarcir
– características:
- Bilateral
- Oneroso
- Aleatorio
– ARRENDAMIENTO FINANCIERO:
- El arrendador concede al arrendatario el uso o goce del objeto por cierto plazo forzoso para ambas partes, con pagos periódicos.
– opciones terminales:
- Compra de bienes a precio inferior
- Prorrogar el plazo pagando renta inferior
- por las partes en la venta a tercero
– riesgo del arrendatario:
- seguro, gastos y primas
- vicio, defectos del bien que impidan su uso total o parcial
- perdida total o parcial del bien
– derechos y oblig. Del arrendador:
- Cuidar los objetos en poder del usuario
- Respetar el plazo estipulado
- Exigir tipo de fianza o garantía
- Reclamar el precio acordado en caso de venta
- Revisar o inspeccionar el material
– der. Y ob. Del usuario:
- Utilizar como mero arrendatario la cosa objeto del contrato
- Usar alternativas contractuales
- Conservar objeto dentro de las normas estipuladas
- Pagar la suma precio del contrato
– naturaleza jurídica:
- Uso y disfrute de los bienes ajenos con la opción de compra tiene identificación con los contratos de arrendamiento y compraventa
– características:
- Es traslativo de uso y de dominio
- Es conmutativo, bilateral y oneroso
– diferencias arrendamiento civil y financiero:
- Arrendamiento civil:Solamente goza del derecho al tanto en caso de venta de la finca y su Finalidad uso y disfrute
- Arrendamiento financiero:La opción a compra esta abierta (legal, no contractual) y la Finalidad venta o traslación de dominio
– diferencia rrendamiento financiero y compraventa:
- Arrendamiento financiero: La opción a compra esta abierta (legal, no contractual)y su Finalidad venta o traslación de dominio
- Compraventa: El comprador adquiere la propiedad de la cosa desde la celebración del contrato
– ASOCIACION EN PARTICIPACION:
- Una persona llamada asociarte concede a otra u otras llamadas asociados que le aportan bienes y servicios una participación en las utilidades y perdidas de un negocio mercantil
– naturaleza jurídica:
- no tiene personalidad jurídica
- Es un contrato debe constar por escrito
- No ocupa registro
- El asociante obra en nombre propio no tendrá relación jurídica entre terceros y asociados
– utilidades:
- Igual entre capitalistas
- Industriales 50%
- Perdidas no mayores a la aportación asociado
– oblig. Asociante:
- Realizar las operaciones de comercio o explotar la negociación mercantil que constituya el fin de la asociación
- Entregar a los asociados la participación que se haya convenido sobre utilidades
– oblig. Asociado:
- Aportar al asociante los bienes y servicio estipulados en el contrato
- Derecho de participación en utilidades y perdidas según convenio
- Las perdidas no podrán superiores al valor de su aportación
– AUTOFINANCIAMIENTO:
- Sistema de comercialización de bienes basadas en las aportaciones mensuales a cuenta de un fideicomiso con la finalidad de financiar la adquisición de un bien
-formas de adjudicación:
- Sorteo
- Puntuación
- Antigüedad
- Subastas
– requisitos administrativos para contrato:
- el solicitante sea persona moral
- el solicitante acredite su capacidad administrativa
- Presentar ante la secretaría un plan general de funcionamiento del sistema.
- Mecanismos para el cumplimiento de sus obligaciones.
- Demás que determine el reglamento.
– características:
- Formal
- Oneroso
- Principal
- Conmutativo
- Tracto sucesivo
- Nominativo
- Bilateral
- consensual
– FIANZA:
- Garantía judicial que busca asegurar el cumplimiento de una obligación, es una garantía personal.
– diferencia aval y fianza:
- Aval: Garantía exclusiva de títulos, Acto unilateral, Referido a obligaciones cambiarias, de un monto cierto y determinado.
- Fianza: Para cualquier tipo de obligación, Es un contrato, Obligaciones futuras, eventuales, Puede llegar a ser verbal.
– modalidades de la finza:
- Confianza
- Subfianza
- Retrofianza
– tipos de fianza:
- Judiciales
- Administrativas
- Crédito
- judicial
- penal
– FRANQUICIA: (IMPI Y PROFECO)
-signos distintivos:
- Marca: todo signo visible que distingue productos o servicios de otras
- Aviso comercial: frases u oraciones que tengan por objeto anunciar al público, establecimiento o negociaciones comerciales
- Nombres comerciales: el nombre comercial de una empresa o establecimiento industrial, comercial
– requisitos contrato fraquicia:
- Zona geográfica en la que franquiciatario ejercerá ubicación
- Políticas de infraestructura
- Políticas, procedimientos y plazos relativos.
- Características de capacitación
- Métodos y procedimientos supervisión
- Términos y condiciones para subfranquicia.
- Causales para la terminación del contrato.
– partes del contrato:
- Franquiciatario:
- Franquiciante:
– forma del contrato:
- Formal/escrito
Características:
- Conmutativo
- Bilateral
- Oneroso
- Formal
- Tracto sucesivo
- Principal consensual
- Consensual
– AVIO Y REFACCIONARIO:
- Crédito que se otorga para algo especifico
– avio:
- Materia prima, salarios
– refaccionario:
- Maquinaria
- Equipamiento industrial
– FIDEICOMISO:
- contrato mediante el cual el fideicomitente transmite a una institución fiduciaria la propiedad o la titularidad de uno o más bienes o derechos
– tipos:
- Testamentario
– elementos personales:
- Fideicomitente.- persona que por declaración unilateral de la voluntad constituye un fideicomiso.
- Fiduciario.- es la persona a la que se encomienda la realización del fin establecido constituido del fideicomiso y se atribuye la titularidad de los bienes fideicometidos.
- Fideicomisario.- Persona que tiene derecho a recibir los beneficios del fideicomiso.
– puede ser fiduciario:
- Instituciones de crédito debidamente autorizadas para actuar como fiduciarios, así como también instituciones de fianzas.
– patrimonio fideicometido:
- Patrimonio del fideicomitente que se vuelve autónomo que puede ser de derechos, bienes, etc.
– finalidad del fideicomiso:
- El fideicomitente es libre para establecer el fin para el que está destinado un patrimonio que puede constituir en bienes o derechos
– extinción del fideicomiso:
- Realización del fin
- Imposibilidad de realizar el fin
- Revocación
- Imposibilidad de sustitución de la fiduciaria.
– PRENDA:
- asegurar el acreedor el cumplimiento y satisfacción de su crédito, mediante un poder especial que se le confiere sobre la cosa pignorada.
– clasificación tipos de prenda:
- Comercial ordinaria
- Especial de comercio
- Agrícola e industrial
– características:
- Real
- Accesorio
- Nominativo
- Oneroso
- Bilateral
- Formal
- Conmutativa
– APRTURA DE CREDITO:
- El acreditante se obliga a poner una suma de dinero a disposición del acreditado, para que el mismo haga uso del crédito concedido en la forma
– clasificación:
- Simple
- Cuenta corriente
– características:
- Conmutativo
- Oneroso
- Bilateral
- Nominativo
- Consensual
- Principal
- Formal
- Tracto sucesivo
– CREDITOS DE DESTINO
- Créditos con la finalidad predestinada lo que significa que el acreditado no puede manejarlos a su voluntad, Es aquel que se otorga para ser utilizado en un objeto especifico
– diferencia entre apertura de crédito y crédito de destino:
- Ap de crédito: da libre disposición demismo
- C. de destino: no da libre disposición
– dif. Entre avio y refaccionario:
Avio: Garantía son bienes perecederos, Crédito se aplica directamente al proceso inmediato de producir.
Refaccionario: Bienes permanentes, Aplica para preparar la empresa, producción.
– características:
- Bilateral
- Oneroso
- Tracto sucesivo
- Nominativo
- Consensual
- Formal
- Conmutativo