Geopolítica: Fundamentos, Territorio y Espacio Marítimo

La geopolítica es la parte de la ciencia del estado que estudia su territorio, relacionando sus factores geográficos con la conducción de su política.

Fundamentos de la Geopolítica

Fundadores de la geopolítica: Ratzel, Kjellen y Haushoffer

Territorio o espacio: la situación geográfica, la superficie, la morfología, la hidrografía, los recursos naturales, el acceso al mar.

El Estado y su Dependencia del Suelo

El estado es un organismo supraindividual, un organismo vivo que está en lucha constante por la existencia. Para poder subsistir, principalmente debe poseer un suelo donde pueda aprovechar las riquezas naturales que en él existen. En consecuencia, un estado depende de las condiciones del suelo y clima de los territorios que posee.

Fronteras

Las fronteras constituyen los límites naturales o artificiales determinados por medio de los tratados internacionales, fijando los accidentes naturales, como los mares, ríos, etc., establecidos en los acuerdos internacionales.

Hinterland y Heartland

Hinterland: Es el espacio de crecimiento donde un país tiene el suelo para trabajar, explotar y cultivar a fin de obtener los medios necesarios para la subsistencia de su pueblo. Incluye las comunicaciones y los diferentes medios de transporte que tiene un pueblo para unir las diferentes zonas del país.

Heartland: Es la parte más poderosa del estado y la que le impulsa y da vida a su desarrollo.

Geopolítica y Espacio

En geopolítica, se entiende por espacio el ambiente geográfico, el mundo circundante en que vive un estado, constituyendo uno de los factores de su potencial. Ese espacio está dado por el territorio, condicionado en su valor por: su extensión, su profundidad, la posición geográfica, la clase y característica de las fronteras, y las influencias geográficas.

Espacio Vital

El espacio vital es el lugar geográfico donde se produce la fusión del pueblo con el suelo y se desenvuelven las energías y las tensiones políticas del estado que tal contacto suele engendrar. Es la suma de todas las manifestaciones de vida que se registran en cierto lugar de la superficie terrestre, determinados por los géneros de vida y la forma de su orientación.

Conciencia Geográfica del Hombre

La conciencia geográfica del hombre es la que se refiere a la posesión y dominio del territorio que ocupa un determinado país, en que la naturaleza le ofrece los diferentes medios de vida que contiene la superficie territorial que abarca un estado. De esta manera, existen naciones agrícolas-ganaderas, mineras, comerciales o mercantes, e industriales.

Factores de la Geopolítica

Los factores de la geopolítica incluyen: el espacio natural y sus divisiones, la posición del territorio, clima, flora y fauna, el relieve, hidrografía y su influencia en la vida de los hombres y los pueblos.

Espacio Marítimo y Derecho Internacional

El derecho internacional público marítimo, consagrado por la Convención de Jamaica de 1982, define los espacios o áreas marítimas como:

  • Aguas interiores
  • Mar territorial
  • Zona contigua
  • Zona económica exclusiva
  • Plataforma continental
  • Alta mar
  • Fondos marinos y oceánicos

Definiciones de Espacios Marítimos

Aguas interiores: Son las que se encuentran situadas en el interior de la línea base que utiliza el estado ribereño para la delimitación de su mar territorial y tales aguas se hallan sometidas a la plenitud soberanía de dicho estado.

Mar territorial: Se podría definir como la faja oceánica adyacente al territorio continental de un estado ribereño, hasta la anchura máxima de 12 millas náuticas sobre el cual dicho estado ejerce la plenitud de su soberanía incluyendo el lecho y subsuelo de ese mar, así como el espacio aéreo suprayacente.

Zona contigua: Constituye una franja de alta mar contigua al mar territorial, sobre la cual los estados ribereños ejercen jurisdicción y pueden tomar determinadas medidas de fiscalización aduanera, sanitaria, de pesca, y de inmigración en su territorio o mar territorial.

Zona económicamente exclusiva: Es un área situada más allá del mar territorial y adyacente a este sujeta al régimen jurídico específico en esta parte, de acuerdo con el cual los derechos y la jurisdicción del estado ribereño y los derechos y libertades de los demás estados se rigen por las disposiciones pertinentes de esta convención.

Plataforma continental: La plataforma continental de un estado ribereño comprende el lecho y el subsuelo de las zonas submarinas que se extienden más allá de su mar territorial y a todo lo largo de la prolongación natural de su territorio hasta el borde exterior de la emersión continental.

Alta mar: Es aquel espacio de los océanos o mares que se encuentran más allá de las zonas económicas exclusivas de los estados costeros, de las aguas interiores, mares territoriales, zonas contiguas y aguas archipielágicas de estados archipielágicos. Acá todos los estados tienen libertad de sobrevuelo, tender cables y tuberías submarinas, construir islas artificiales y otras instalaciones permitidas por el derecho internacional.

Fondos marinos: Está formada por todas las áreas submarinas o fondos marinos y oceánicos que no estén afectados por la zona económicamente exclusiva ni por la plataforma continental. La convención califica la zona como el patrimonio común de la humanidad.

Estrechos y Canales Internacionales

Los estrechos son rutas marítimas naturales angostas que comunican dos mares, o un mar libre con un mar cerrado. Los canales interoceánicos, como vías acuáticas internacionales, junto con los estrechos, ríos y las aguas archipielágicas comparten la característica geográfica de acercar a la tierra a las grandes líneas marítimas.

Tribunal Internacional del Derecho del Mar

Este tribunal ha sido establecido para la solución de controversias que se produzcan en el medio acuático-marítimo. Tiene su sede en Hamburgo, Alemania.

Polos Norte y Sur

El Polo Norte está constituido exclusivamente de hielos eternos y el Polo Sur (Antártida) el sistema es diferente y en el transcurso del tiempo ha ido cambiando.

Tratado Antártico

El Tratado Antártico establece:

  • Prohibición de las actividades de carácter militar, en especial los experimentos nucleares.
  • Libertad de investigación científica.
  • Cooperación en las actividades de investigación científica.
  • El sometimiento del personal que opera en la Antártida a la jurisdicción exclusiva del estado de la nacionalidad.
  • Facilidades para el derecho de inspección.
  • Protección de los recursos vivos de la Antártida.
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