Facultades de Comprobación Fiscal y Procedimientos Aduaneros en México: Implicaciones para Empresas
Facultades de Comprobación Fiscal (Artículo 42 del Código Fiscal de la Federación – CFF)
Las facultades de comprobación permiten a las autoridades fiscales (SAT, IMSS, ANAM, etc.) verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de los contribuyentes, determinar la comisión de delitos fiscales y, en su caso, dar nacimiento a un crédito fiscal por falta de pago.
Cuando no se encuentra ninguna irregularidad, se levanta un acta circunstanciada de terminación de la facultad de comprobación.
Tipos de Facultades de Comprobación:
- Visita Domiciliaria (15-30 días): Revisión de la contabilidad del año en curso en el domicilio fiscal del contribuyente. Se enfoca en la detección de mercancías extranjeras ilegales (contrabando).
- Revisión de Gabinete (Hasta 1 año): Solicitud de la contabilidad de los últimos 5 años. Se realiza en las oficinas de la autoridad. La no presentación de la contabilidad en tiempo y forma puede derivar en el Procedimiento Administrativo de Ejecución (PAE).
- Dictamen Fiscal: Realizado por despachos fiscales designados por la autoridad (SHCP). Tiene valor probatorio pleno.
- Visita Domiciliaria para Detección de Errores en Documentos Fiscales: Revisión de facturas, recibos de honorarios, sellos fiscales, RFC, etc.
Procedimiento Administrativo de Ejecución (PAE)
El PAE se utiliza para garantizar el pago de un crédito fiscal. Se compone de las siguientes etapas:
- Embargo Precautorio de Bienes: Medida provisional para presionar al deudor a pagar.
- Embargo Definitivo: Se materializa el embargo de bienes suficientes para cubrir el crédito fiscal.
- Intervención a Caja: Toma de los estados financieros de la empresa si no hay bienes suficientes para cubrir la deuda.
- Intervención Administrativa: Toma de los estados financieros y la administración de la empresa. El Estado se convierte en el dueño temporal hasta que se salde la deuda.
- Remate: Venta de la empresa si no se logra pagar el crédito fiscal con las medidas anteriores.
- Si no se logra vender la empresa y saldar el crédito fiscal, se configura el delito de defraudación fiscal.
Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA)
Se inicia en las aduanas, puntos estratégicos regulados por la Organización Mundial de Aduanas (OMA). México cuenta con 50 aduanas ubicadas en terminales internacionales.
Clasificación de Aduanas según el Tráfico:
- Marítimas
- Aéreas
- Terrestres
- Férreas
Franquicias Aduaneras:
Establecidas por la OMA y la SHCP (Ley Aduanera). Algunos ejemplos:
- $300 USD para uso personal.
- $75 USD para residentes de ciudades fronterizas.
- $450 USD mensuales para personas que entran y salen constantemente del país.
- $10,000 USD en efectivo o documentos por cobrar.
- Productos específicos (laptops, teléfonos, drones, cámaras, bebidas alcohólicas, tabaco, instrumentos musicales, ajuar de novio, etc.).
Autoridades en la Aduana:
- Sanidad Internacional: Detecta personas enfermas, infectadas o que transportan drogas («mulas»).
- Autoridad Migratoria: Detecta personas que ingresan ilegalmente al país.
- Bandas de Recolección de Equipaje: Identifica maletas olvidadas o sospechosas.
- Caninos: Detectan drogas, explosivos, corrosivos y divisas falsas.
- Autoridad Fitosanitaria: Verifica la legalidad de alimentos, flora y fauna introducidos al país.
- Autoridad Aduanal: Administra las leyes y reglamentaciones aduaneras.
Despacho Aduanero
Proceso para la importación y exportación de mercancías. Se realiza a través de un agente aduanal autorizado por la ANAM, quien elabora un pedimento aduanal. El proceso tarda 24 horas.
Etapas del Despacho Aduanero:
- Previo: El agente aduanal verifica la dirección de origen y destino de la mercancía, y que esta coincida con las facturas.
- Clasificación Arancelaria: Se asigna la fracción arancelaria (descripción de la mercancía) a cada producto.
- Formato: 01/24/32/02 (Capítulo/Subcapítulo/Partida/Subpartida).
- Dígitos: 4-8 dígitos para importación, 4-6 dígitos para exportación.
- Régimen Aduanero: Se determina el régimen aduanero (importación definitiva o temporal, exportación definitiva o temporal). Las importaciones y exportaciones temporales no pagan contribuciones.
- Validación: El pedimento se valida electrónicamente (domicilio, vigencia del padrón, patente del agente aduanal, clave).
- Primer Reconocimiento Aduanero: Se utiliza un sistema de semáforo:
- Verde: Desaduanamiento libre.
- Rojo: Revisión del 40% de la carga. Si hay anomalías, se inicia el PAMA.
- Segundo Reconocimiento Aduanero: Si hubo anomalías en el primer reconocimiento, se revisa el 100% de la carga. Si persisten las irregularidades, se inicia el PAMA y el embargo precautorio.
- El despacho aduanero concluye con la llegada de las mercancías a la bodega del importador. Importante: En el PAMA, la mercancía no se remata, sino que se destruye.
Delitos Fiscales (Especiales)
Se encuentran tipificados en el Código Fiscal de la Federación (CFF), Título 4 (Infracciones). Un infractor es aquel que incumple sus obligaciones fiscales, lo que genera una sanción. Un delito fiscal surge de un procedimiento administrativo (PAE o PAMA) cuando no se logra pagar el crédito fiscal.
Principales Delitos Fiscales:
- Defraudación Fiscal (Artículo 108 CFF): Omisión total o parcial del pago de contribuciones mediante engaños o aprovechamiento de errores, obteniendo un beneficio indebido en perjuicio del fisco federal. El artículo 109 CFF establece los supuestos de defraudación fiscal equiparada.
- Contrabando (Artículo 102 CFF): Introducción o extracción de mercancías del país omitiendo el pago de contribuciones, sin permiso de la autoridad competente, o cuando la importación/exportación esté prohibida. Los artículos 103, 104 y 105 CFF establecen los supuestos de contrabando equiparado y sus sanciones.
- Alteración o destrucción de máquinas del Estado concesionadas a particulares.
Figuras Jurídicas Relacionadas con Delitos Fiscales
- Embargo: Medida cautelar para garantizar el pago de un crédito fiscal.
- Decomiso: Retiro de mercancías prohibidas o ilegales (drogas, armas, divisas clonadas).
- Aseguramiento: Resguardo de mercancías como parte de un proceso penal.
- Incautación: Mercancías provenientes de un acto ilegal que pasan a propiedad del Estado para ser subastadas.
- Confiscación: Retiro de bienes que serán entregados al fisco federal (por ejemplo, cuentas bancarias).
Recurso de Revocación
Medio de defensa legal (optativo, Artículo 120 CFF) para que el contribuyente impugne actos o resoluciones definitivas de las autoridades fiscales federales (Artículo 117 CFF) que afecten su interés jurídico. La autoridad que emitió el acto impugnado es la encargada de conocer y resolver el recurso.
Presentación:
- A través del buzón tributario o en el domicilio de la autoridad.
- Plazo: 30 días hábiles siguientes a la notificación del acto. Este plazo puede suspenderse en ciertos casos.
Requisitos del Escrito de Interposición (Artículo 122 CFF):
- Requisitos del Artículo 18 del CFF.
- Resolución o acto impugnado.
- Agravios.
- Pruebas y hechos controvertidos.
Documentos que deben Acompañarse (Artículo 123 CFF):
- Documentos que acrediten la personalidad.
- Documento en que conste el acto impugnado.
- Constancia de notificación del acto impugnado.
- Pruebas documentales.
Conceptos Clave
- Domicilio Fiscal: Lugar donde se encuentra la administración y contabilidad de la empresa.
- Establecimiento: Concentra la administración, pero no realiza actividades contables.
- Operadores en Materia de Comercio Exterior (Policía Fiscal ANAM): Autorizados para solicitar documentos (pedimentos) que comprueben la legal estancia de las mercancías.
- Responsables Solidarios: Personas que actúan en nombre y representación del contribuyente (contadores, agentes aduanales) y comparten la responsabilidad.