Competencias Profesionales, Contratación y Tipos de Contratos Laborales
Competencias Profesionales y Contratación Laboral
Competencias Profesionales (CAE)
- Preparar los materiales y espacios para la prestación del servicio, teniendo en cuenta el tipo de prestación asistencial y la optimización de los recursos.
- Aplicar cuidados especiales, adoptando medidas de prevención y seguridad.
- Apoyar psicológicamente al usuario, estableciendo las técnicas de comunicación y de ayuda adecuadas a sus características psicosociales.
- Prestar atención sanitaria básica inicial en situación de emergencia, siguiendo los protocolos establecidos.
Empresas de Trabajo Temporal (ETT) y Búsqueda de Empleo
1. Empresas de Trabajo Temporal (ETT)
Una Empresa de Trabajo Temporal (ETT) es una empresa que tiene sus trabajadores y los cede a otra empresa, denominada empresa usuaria, a cambio de una compensación económica. Los contratos expedidos por una ETT se denominan contrato de puesta o disposición, y los trabajadores reciben el nombre de trabajadores en misión. Este tipo de contratación permite tener muchos trabajadores para un corto espacio de tiempo, lo que de otro modo sería muy costoso efectuar todas las contrataciones y rescisiones de contrato.
2. Lugares para Encontrar Trabajo
- A través de personas conocidas: De boca a boca, recomendaciones de familiares y amistades. (Supone el 80% de empleos buscados por esta vía).
- A través de bolsas de trabajo: Lugares específicos a los que hay que aportar documentación propia de los datos académicos y experiencia.
- A través de los medios de comunicación: La televisión, la radio, incluso el teletexto, disponen de programas relacionados.
- A través de internet: Actualmente, todos los servicios y empresas disponen de su propia página web desde donde se pueden acceder a las diferentes ofertas.
- A través de anuncios escritos: Suelen ser habitualmente en la prensa o por internet.
- La autocandidatura: Ser nosotros quienes nos ofrezcamos a las diferentes empresas, ya sea por internet o desplazándonos a lugares de establecimientos, y exponer nuestro currículum junto con todas nuestras características personales y funcionales.
- El autoempleo: La creación por parte de una persona sola o junto con otras de su propio puesto de trabajo como independiente.
Tipos de Contratos Laborales
1. Contratos Indefinidos en España
Son aquellos que no tienen fecha de finalización de la relación laboral.
- Contrato de trabajo indefinido ordinario:
- Se formaliza por escrito o verbalmente.
- Se comunicará al servicio público de empleo antes de 10 días.
- Se indemnizará por extinción de contrato reconocida o declarada improcedente con 33 días por año y 24 mensualidades como máximo.
- Contrato indefinido de apoyo a emprendedores:
- Tiene como objeto fomentar la contratación estable por parte de los emprendedores y pymes, a la vez que potencia la iniciativa empresarial hasta que la tasa de desempleo esté por debajo del 15%.
- Se formalizará por escrito.
- Se le aplicará la indemnización general por despido improcedente de 33 días por año trabajado y no más de 24 mensualidades.
- Contrato de trabajo fijo discontinuo:
- Sirven para trabajos que no se repiten en fechas ciertas dentro del volumen normal de la actividad de la empresa.
- Se formaliza por escrito.
- Su duración de la jornada laboral estimada y su distribución horaria.
2. Contratos de Duración Determinada
Son aquellos en los que se acuerda de antemano la duración entre el empresario y el trabajador. Se fijará su final en función de una causa o un supuesto prefijado.
- Contrato por obra:
- Tiene por objeto la realización de obras o servicios con autonomía propia dentro de la actividad de la empresa.
- Se especificará por escrito.
- Duración no superior a 3 años, pasado ese tiempo se pasará a condición de fijo.
- Contrato eventual:
- Tiene por objeto atender exigencias circunstanciales del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos.
- Tendrá que constar por escrito si supera las cuatro semanas.
- Contrato de interinidad:
- Tiene por objeto sustituir trabajadores con el derecho o reserva del puesto de trabajo o cubrir temporalmente un lugar vacante durante el proceso de selección.
- El contrato es por escrito, indicando el trabajador sustituido, el lugar a cubrir y la causa de la sustitución.
- Mientras dure el derecho de reserva del lugar del trabajador sustituido.
- Cuando se realice para cubrir temporalmente un lugar vacante, la duración del contrato coincidirá con el proceso de selección, que no puede exceder a 3 meses.
3. Contrato de Prácticas
Tiene por objeto la obtención de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios cursados. Se establece por convenios.
Requisitos:
- Tener una titulación oficial.
- No haber transcurrido más de 5 años desde la finalización de los estudios.
- No haber sido contratado antes en la misma empresa por un tiempo superior a 2 meses.
Duración:
- Mínimo 6 meses, máximo 2 años.
Jornada:
- A tiempo completo o parcial.
Retribución:
- La del convenio. En otro caso, no podrá ser inferior al 60% el primer año o el 75% durante el segundo año.
Certificado:
- Será expedido al finalizar el contrato.