Conceptos Fundamentales y Marco Legal del Derecho Económico en México
Conceptos Fundamentales del Derecho Económico
Definición de Derecho Económico
El Derecho Económico es el conjunto de principios, normas e instituciones mediante los cuales se realiza el desarrollo planificado de la sociedad, en su aspecto económico. Pertenece a la rama del derecho social.
Características del Derecho Económico
- Humanista
- Dinámico
- Complejo o multidisciplinario
- Nacional e internacional
- Concreto
- Instrumental/finalista
Fuentes del Derecho Económico
- Reales (nacionales e internacionales)
- Tecnológicas
- Económicas
- Sociológicas
Sujetos del Derecho Económico
- El Estado
- Los individuos
- Las sociedades
- Su patrimonio
Marco Constitucional y Rectoría Económica
Fundamentos Constitucionales del Derecho Económico
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM): Artículos 25, 26, 27, 28, 40, 41, 71, 72-H, 73, 74 (II, IV), 76 (I), 89 (I, IV, X, XIII, XV), 90, 131-C.
Rectoría Económica del Estado
Es la facultad y capacidad del Estado para dirigir la actividad de los agentes económicos al logro de los objetivos y metas del desarrollo.
Desarrollo Sustentable
El desarrollo sustentable satisface las necesidades del presente sin comprometer las capacidades que tienen las futuras generaciones para satisfacer sus propias necesidades. Consiste en mejorar la calidad de vida mediante la integración de tres factores: desarrollo económico, protección del medio ambiente y responsabilidad social.
Planeación Democrática
Según el Artículo 26 Constitucional, la planeación democrática es un proceso de transformación de la sociedad que lleva a la conjunción de los distintos intereses nacionales con el propósito de que la sociedad intervenga en asuntos públicos.
Plan Nacional de Desarrollo
El Plan Nacional de Desarrollo se realiza en los primeros 6 meses de cada sexenio. En él se fijan los objetivos, estrategias y prioridades para el desarrollo integral y sustentable del país, así como los programas a desarrollar por el gobierno federal para alcanzar los objetivos planteados.
Recursos Naturales y Monopolios
Recursos Naturales Estratégicos y Prioritarios
Los recursos naturales estratégicos son no renovables, como el agua, los hidrocarburos, el cobre, el gas, el petróleo, la energía eléctrica, la energía nuclear y los minerales radioactivos.
Los recursos naturales prioritarios se conforman por la pesca, lo forestal y la minería.
Leyes que Prevén el Manejo de Recursos Naturales Prioritarios
Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, Ley Agraria, Ley Minera, Ley de Pesca.
Monopolios de Estado
Correos, telégrafos y radiotelegrafía; petróleo y los demás hidrocarburos; petroquímica básica; minerales radioactivos y generación de energía nuclear; electricidad. Se permiten porque se consideran áreas estratégicas y se reservan para la protección de la soberanía nacional.
Actividades que la Constitución No Considera Monopolios
Asociaciones de trabajadores y cooperativas.
Facultades de los Poderes de la Unión en Materia Económica
Facultades de la Cámara de Diputados
- Fiscalización
- Aprobación del Presupuesto de Egresos de la cuenta pública
Facultades del Presidente
- Emitir leyes de la materia
- Nombrar empleados y funcionarios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP)
- Dirigir la política exterior
- Administrar las aduanas marítimas y fronterizas
- Conceder privilegios a inventores y perfeccionadores
Facultades de la Cámara de Senadores
- Celebrar tratados internacionales
- Aprobar tratados internacionales
Facultades Reservadas a la Federación y Prohibiciones a las Entidades Federativas
- Celebrar tratados con otros Estados
- Acuñar moneda y emitir papel moneda
- Prohibir o gravar la entrada o salida a su territorio de mercancía nacional o extranjera
- Gravar la circulación o el consumo de efectos nacionales o extranjeros con impuestos cuya exención se realice por aduanas locales
- Expedir o mantener en vigor leyes fiscales que importen diferencias de impuestos o requisitos por razón de la procedencia de mercancías nacionales o extranjeras
- Contraer directa o indirectamente obligaciones o empréstitos con gobiernos de otras naciones, sociedades o particulares extranjeros, o cuando deba pagarse con moneda extranjera o fuera del territorio nacional
- Gravar la producción, acopio o venta del tabaco en rama, en forma distinta o con cuotas mayores de las que el Congreso autorice
Ingresos y Egresos del Estado
Ingresos Ordinarios del Estado
Los ingresos ordinarios son aquellos que constituyen una fuente normal y periódica de recursos fiscales del sector público y se encuentran establecidos en un presupuesto. Son captados por el sector público en el desempeño de sus actividades de derecho público y como productor de bienes y servicios por la ejecución de la Ley de Ingresos.
Ejemplos: impuestos (Impuesto Sobre la Renta, Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU), Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS)), contribuciones de mejoras, obras de infraestructura hidráulica, derechos, productos y aprovechamientos.
Ingresos Extraordinarios del Estado
Los ingresos extraordinarios son los que se obtienen de manera excepcional y provienen principalmente de la contratación de créditos externos e internos o la emisión de moneda.
Presupuesto de Egresos de la Federación
El Presidente, al iniciar su cargo, debe presentar su iniciativa de proyecto de egresos a más tardar el 15 de diciembre. Este hará llegar a la Cámara de Diputados el proyecto a más tardar el 8 de septiembre.
Está constituido por 5 libros:
- Exposición de Motivos y la Iniciativa de Decreto Aprobatorio: Especifica los montos de gasto para cada una de las instituciones que conforman el Gobierno Federal, las reglas y disposiciones para el ejercicio de los recursos y los niveles de sueldo y prestaciones para los empleados públicos, entre otros.
- Volúmenes por Ramos Administrativos: Incluye la información de gasto, los programas, los objetivos y las metas a alcanzar por los ramos administrativos y generales del Gobierno Federal.
- Presupuesto Analítico del Gobierno Federal: Información detallada sobre los poderes Legislativo y Judicial, los entes públicos autónomos y las secretarías de estado.
- Organismos y Empresas de Control Presupuestario Directo: Presenta la información de ingresos y gastos, programas y metas del ISSSTE, IMSS, Lotería Nacional, Caminos y Puentes Federales, Comisión Federal de Electricidad, Luz y Fuerza del Centro y PEMEX.
- Organismos y Empresas de Control Presupuestario Indirecto: Muestra la información de las entidades paraestatales, distintas a las incluidas en el tomo IV.
Artículos Constitucionales Relevantes
- Artículo 25 (Rectoría Económica): Corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional. El Estado planeará, conducirá, coordinará y orientará la actividad económica nacional.
- Artículo 26 (Plan Nacional de Desarrollo): El Estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, permanencia y equidad para el crecimiento económico.
- Artículo 27: Recursos naturales y estratégicos, recursos prioritarios.
- Artículo 28: Prohibición de monopolios y estancos, exención de impuestos y prohibiciones a título de protección de la industria. Áreas estratégicas y prioritarias. Excepciones: moneda, billete por banco central, correo, telégrafo, radiotelegrafía, privilegio a autores, artistas, inventores y perfeccionadores.
- Artículo 31, fracción IV: Contribuciones al gasto público.
- Artículo 40: Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una república representativa.
- Artículo 41: El pueblo ejerce su soberanía por medio de los poderes de la Unión. Financiamiento público de los partidos políticos y campañas electorales.
- Artículo 71: Iniciativa de leyes.
- Artículo 72-H: Los proyectos de ley sobre empréstitos, contribuciones o impuestos deberán discutirse primero en la Cámara de Diputados.
- Artículo 73: Facultades del Congreso (VII para imponer las contribuciones necesarias a cubrir el presupuesto) (VIII empréstitos sobre el crédito de la nación) (IX impedir que en el comercio se establezcan restricciones) (legislar sobre hidrocarburos, minería, comercio, cine, energía eléctrica y nuclear) (establecer casa de moneda) (expedir la ley que regule la organización de la entidad de fiscalización) (expedir leyes en materia de contabilidad) (establecer contribuciones sobre comercio exterior e instituciones de crédito y sociedades de seguros).
- Artículo 74: Facultades de la Cámara de Diputados (fiscalización y presupuesto de egresos de la cuenta pública).
- Artículo 76: Facultad del Senado (celebrar tratados).
- Artículo 89: Facultades del Ejecutivo. Expedir leyes, empleados y funcionarios de SHCP, política exterior, aduanas marítimas y fronterizas.
- Artículo 90: División de la administración pública federal.
- Artículo 117: Prohibiciones de los Estados. VI. Gravar la circulación ni el consumo de efectos nacionales o extranjeros, con impuestos o derechos cuya exención se efectúe por aduanas locales. VII. Expedir leyes o disposiciones fiscales que importen diferencias de impuesto.
- Artículo 131-C: Impuestos sobre importación y exportación.