Derechos Sociales y Migratorios en España: Prestaciones, Protección y Procedimientos
Prestaciones Sociales y Familiares
Maternidad y Paternidad
Maternidad: 16 semanas ininterrumpidas (6 de ellas obligatorias después del parto). Se pueden sumar 2 semanas adicionales por cada hijo a partir del segundo, y 2 semanas más por discapacidad del niño.
Paternidad: 13 días ininterrumpidos (2 días adicionales por hijo). Durará 20 días en caso de familia numerosa o hijo con discapacidad.
Familia Numerosa
Se considera familia numerosa:
- Parejas con 3 o más hijos, sean o no comunes.
- Con dos hijos, si uno tiene discapacidad.
- Con dos hijos y padres discapacitados (al menos uno con el 65%).
- Padres separados con 3 o más hijos que dependan económicamente de ellos.
- Dos hermanos huérfanos totales.
- 3 o más huérfanos totales, mayores de edad, o dos si uno tiene discapacidad, que dependan unos de otros.
- Padre o madre con dos hijos cuando el otro progenitor ha fallecido.
El hijo forma parte de la Familia Numerosa cuando:
- Es soltero.
- Tiene menos de 21 años (o menos si tiene discapacidad).
- Realiza estudios universitarios, hasta los 25 años inclusive.
- Vive con los padres y depende de ellos.
Tipos de Familia Numerosa:
- Especial: 5 o más hijos; 4 hijos, si 3 son de parto múltiple; 4 hijos y los ingresos no superan el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
- General: Las demás.
Protección a la Infancia y la Juventud
Protocolo de Maltrato Infantil
- Identificación y comunicación de la situación.
- Servicios médicos.
- Evaluación inicial.
- Hoja de detección.
- Derivación en función de la gravedad.
Acogimiento
Institución que acredita el funcionamiento de la familia como institución prestadora de servicios. Permite al menor convivir con una familia diferente a la suya, que asume la obligación de velar por él, tenerlo en su compañía, alimentarlo y proporcionarle una formación integral.
Formas de Acogimiento:
- Permanente: Las probabilidades de retorno del menor a su familia de origen se consideran reducidas.
- Simple: Existe previsión del retorno del menor.
- Abierto: El menor convive con la familia alternativa durante los periodos vacacionales.
El acogimiento no implica la ruptura de los lazos con la familia de origen. Las visitas de los padres son consideradas un derecho.
Plan GYGA
Nace con la premisa de que la juventud es el presente. Plan GYGA es la Generación Y Global de Andalucía, término con el que agrupamos a las personas de una generación definida por la sociología en base a ciertas capacidades específicas como una amplia formación, la aceptación de nuevos retos y la capacidad de hacer frente a los cambios rápidos.
Se articula en tres dimensiones:
- Emancipación.
- Participación.
- Calidad de vida.
- Formación en valores.
Jubilación y Vida Laboral
Prolongación de la Vida Laboral
- Modificación del régimen jurídico.
- La jubilación anticipada deberá reservarse a aquellos trabajadores que cuenten con largas carreras de cotización y opten libremente.
- Esquemas de mayor permeabilidad y convivencia entre salario y pensión.
Jubilación Parcial
Se limita al 50% la reducción máxima de la jornada con carácter general. Se permite alcanzar el 75% si viene acompañado de un contrato por un trabajador más joven. Periodo mínimo de cotización: 33 años (25 con discapacidad).
Jubilación Anticipada
Se mantiene la distinción entre jubilación anticipada voluntaria e involuntaria. La edad para la jubilación anticipada voluntaria se elevará a los 63 años (en 2027 a los 65), y la involuntaria pasará de 61 a 63. Se reduce la gradualidad en la aplicación de coeficientes reductores. Periodo de cotización: 35 años (voluntaria), 33 años (involuntaria).
Compatibilidad entre Trabajo y Pensión
- Se abre la posibilidad de trabajar a tiempo completo o parcial percibiendo el 50% de la pensión.
- Se exime del pago de buena parte de las cotizaciones sociales.
- Cuando finaliza el periodo de actividad, se restablece el pago de la pensión íntegra.
- Se debe haber alcanzado la edad legal de jubilación y el 100% de la base reguladora.
- Se establecen para los funcionarios públicos condiciones semejantes de compatibilización de empleo y pensión.
Centros de Atención Social
Centros Residenciales
recursos de atencion integral destinads a akellas personas q, no pudiendo ser asistidas en su medico familiar, lo precisan temporal o permanentement *resi xa personas gravementes afectadas *resi de adultos (acogimiento y convivencia) *viviendas tuteladas (capacidad maxima 10 pers) *centro de recuperacion de minusvalidos fisicos (rehabilitacion medio-funcional y psico-social, formacion, centros de dia, residenciales) *casas hogar: personas de + de 18 cn escaso nivel de autonomia x enfermedad mental. *viviendas supervisadas: igual xo sucficiente nivel de autonomia personal *dependencia: sostenidos con fondos publicos *solicitud: delegaciones provinciales de la constitucion para la igualdad y bienestar *aportaciones de los usuarios: 75% d sus ingresos liquidos. CENTROS DE DIA atencion a akellas personas q no puedan integrarse en un medio laboral *unidades de estancia diurna *unidades d est diurna con terapia ocupacional *talleres polivalentes y ocupaciones prelaborales *centros sociales dependencia: publicos o privados solicitud: en el propio centro de dia aportaciones: centros de est diurna (25%) centros ocupacionales (entre el 15 y el 25%) PROGRAMA RESPIRO FAMLIAR benef: colaborar cn las familias cuidadoras d personas cn discapacidad dependientes, a las q se les resta apoyo mediante un serv residencial de duracion variable, en periodos q oscilan entre 24 h y un mes, con caracter prorrogable, x motivo de descanso, enfermedad u hospitalizacion d la persona cuidadora, emergencias y otras circunstancias analogas. existen dos modalidades: -xa personas con discapacidad gravemente afectadas -xa personas cn discp menor nivel de dependencia solicitud: en las mismas residencias aportaciones: 75% DISCP FISICA *mal de parkinson (ocupa el 4ª lugar de incidencia. enfermedad cronica progresiva q causa la lenta perdida de la capacidad fisica cuando eres viejo) *lesion medular *esclerosis multiple *paralisis cereblar *espina bifida *distonia muscular *acondroplastia (enanismo) *albinismo DISC PSIQUICA disc en el funcionamiento intelectual y en la conducta adaptativa *autismo: el individuo presenta graves problemas de comunicacion y dificultades en sus relaciones sociales *sindrome de down DISCP SENSORIAL *visual *sensitiva
TIPOS DE VISADO de transito: *portuario o aeroportuario: xa transitar x la zona de puerto o aeropuerto *territorial: atravesar el territorio nacional en viaje, no mas de 5 dias de estancia: *de viaje o xa estancia de corta duracion: no mas de 3meses *de circulacion multiple: x razones profesionales, dura un año y excepcionalmente, 2 *de cortesia: diplomaticos *de estudios: xa la realizacion de estudios y formacion de residencia: *xa reagrupacion familiar *xa trabajo x cuenta ajena o propia *xa ejercer act *xa asilo RESIDENCIA LARGA DURACION se halla en esta situacion el extranjero q haya sido autorizado a residir y trabajar en España indefinidamente en las mismas condiciones q los españoles. SUPUESTOS: * los q hayan residido legalment y d forma continuada en el territorio español durant 5 años *no pasa na si se ausenta periods menores a 6 meses siemore y cuando no pase los 10 meses en los 5 años *tb se acredita a : -residentes q sean beneficiarios d una pension de jub -pension d discap absoluta o de gran invalidez -los q nazcan en españa y al tener los 18 sigan 3 años mas -extranjeros q sean españoles de origen -apatriados, refugiados o beneficiarios de proteccion subsidiaria -si han contribuido al progreso economico de forma notaria – residentes q al tener mas de 18 hayan estado bajo tutela de una entidad española los 5 años anteriores inmediatamente ACOGIMIENTO institucion q acredita el funcionamiento d la familia como institucion prestadora de servicios. permite al menor convivir con una familia, diferente a la suya, q asume la obligacion de velar x el, tenerlo en su compañia, alimentarlo y propcurarle una formacion integral. FORMAS: *permanente: las probabilidades de retorno del menor a su familia de origen se consideran reducidas *simple: existe prevision del retorno del menor *abierto: el menor convive con la familia alternativa durante los periodos vacacionales / el acogimiento no implica la ruptura de ls lazos con la familia de origen. las visitas d los padres son consideradas un derecho PLAN GYGA nace con la premisa de que la juventud es el presente. plan GYGA es la generacion Y globla de andalucia, termino con el q agrupamos a las personas de una generacion definida x la sociologia en base a ciertas capacidades especificas como una amplia formacion, la aceptacion de nuevos retos y la capacidad de hacer frente a los cambios rapidos. se articula en tres dimensiones: *emancipacion *participacion *calidad de vida *formacion en valores
ARRAIGO las autorizaciones concedidas c el procedimient d arraigo lleva aparejada la autorizacion xa trabajar, no obstante hay una excepcion q es akella q en el informe emitido x el ayuntamiento se propone se exima al extranjero de presentar contrato d trabajo, puesto q tiene medios de vida. en el resto d circunstancias el extranjero q quiera obtener una autorizacion de trabaj, debera solicitarla, en el momento de la peticion de residencia o despues siempre reuniendo los requisitos necesarios. laboral: no debe ser inferior a 6 meses social: podran recibirlo los extranjeros q acrediten la permanencia continuada e españa durant un periodo minimo de 3 años. requisitos: -carecer de antecedentes penales en españa y en su pais de origen -cntar con un contrato de trabajo firmado x el trabajador y elempresario en ese momento -tener vinculos familiares con otros extranjeros residentes familiar: el ciudadano extranjero debera acreditar el parentesco establecido en los supuestos siguientes, sin tener q presentar contrato de trabajo *cuando se trate d padre o madre de un menor de nacionalidad esp, siempre q el progenitor solicitante tenga a cargo el menor o conviva con este *cuando se trate de padre o madre q hubieran sido generalmente españoles REAGRUPACION FAMILIAR Pueden ser reagrupables: *conyuge o pareja de hecho o cualquier medio de prueba admitido en derecho, se pruebe la vigencia de una relacion no reistrada, constituid con caracter previo al inicio de la residencia del reagrupante en españa *hijos del reagrupante y del conyuge o pareja, incluidos los adoptados menores de 18 o discapacitados *ascendientes en primer grado del reagrupante o de su conyuge o pareja, cuando este a su cargo, sean mayores de 65 y existan razones q justifiquen la necesidad de autorizar la residencia en españa.