Principios del Derecho Laboral, Estructura de Convenios y Derechos de Representación Sindical
Principios Fundamentales del Derecho Laboral
En el ámbito del derecho laboral, existen varios principios rectores que aseguran la protección de los derechos de los trabajadores:
- Principio in dubio pro-operario: En caso de duda en la interpretación de una norma laboral, se aplicará la interpretación más favorable al trabajador. Este principio diferencia el derecho laboral del derecho común.
- Principio de la norma más favorable: Según el artículo 3.3 del Estatuto de los Trabajadores (ET), en caso de conflicto entre dos normas laborales, se aplicará la que sea más beneficiosa para el trabajador. No se trata de una interpretación, sino de una concurrencia de normas.
- Principio de indisponibilidad de derechos: El artículo 3.5 del ET establece que el trabajador no puede renunciar a los derechos mínimos que le corresponden, incluso si dicha renuncia es voluntaria.
- Principio de modernidad: La norma posterior deroga automáticamente a la anterior si ambas son del mismo rango jerárquico.
Estructura y Contenido Material del Convenio Colectivo
Ámbitos del Convenio Colectivo
- Ámbito temporal: Establece la vigencia y duración del convenio, así como el preaviso necesario para su denuncia.
- Ámbito personal: Define los trabajadores a los que se aplica el convenio.
- Ámbito territorial: Delimita la zona geográfica de aplicación del convenio.
- Ámbito funcional: Determina las actividades económicas o sectores a los que se aplica el convenio.
Garantías Sindicales
Las garantías sindicales protegen a los Representantes Legales de los Trabajadores (RLT) y pueden ser ampliadas por convenio colectivo. Las principales son:
- Expediente contradictorio: La empresa debe dar un plazo de alegaciones al RLT antes de sancionarlo, permitiéndole ser oído. Es obligatorio para faltas graves y muy graves. Su omisión puede llevar a la improcedencia de la sanción.
- Prioridad de permanencia: Los RLT tienen prioridad para permanecer en la empresa en caso de procesos colectivos que afecten al empleo, como despidos colectivos. No es un derecho absoluto, pero serán los últimos en ser afectados.
- Blindaje durante el año posterior: El RLT no puede ser despedido ni sancionado por causas relacionadas con el ejercicio de su representación sindical, según el Convenio 135 de la OIT. Este blindaje se pierde si es revocado del cargo o si renuncia.
- Libertad de publicación: Los RLT tienen derecho a publicar y distribuir información sindical.
- Crédito de horas mensuales: Los RLT disponen de un número de horas mensuales retribuidas para ejercer sus funciones sindicales.
Derechos Básicos de Información de los Representantes Legales de los Trabajadores (RLT)
Según el artículo 64 del ET, los RLT tienen los siguientes derechos de información:
- Información trimestral:
- Evolución general del sector económico al que pertenece la empresa.
- Previsiones de contratación, producción y ventas.
- Estadísticas de accidentes laborales y absentismo, así como medidas medioambientales.
- Información anual en materia de igualdad:
- Aplicación del derecho de igualdad y planes de igualdad.
- Datos sobre la proporción de mujeres y hombres por categorías profesionales.
- Información periódica:
- Documentos de balance y cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio anterior.
- Modelos de contratos de trabajo utilizados.
- Comunicación de sanciones disciplinarias graves o muy graves (ampliable a leves por convenio colectivo).
- Copias básicas de los contratos de trabajo.
- Otros derechos de información:
- Emisión de informe previo (no vinculante) sobre decisiones de reestructuración empresarial.
- Planes de formación profesional.
- Protocolos de control y registro de jornada.
Tipos de Convenios Colectivos según su Eficacia
Convenios Estatutarios
ART 84.1 ET. Se negocian con la RLT y su legitimidad y juridicidad son absolutas. Tienen dos tipos de eficacia:
- Jurídico-normativa: Aplicación automática del convenio a todos los trabajadores dentro de su ámbito de aplicación personal. Los trabajadores son responsables del cumplimiento de las cláusulas convencionales.
- Eficacia personal general (erga omnes): El convenio se aplica a todos, incluso a terceros ajenos al mismo.
Convenios Extraestatutarios
Su aplicación es limitada. Tienen eficacia:
- Jurídico-contractual: La aplicación del convenio requiere un pacto individual de adhesión expresa por parte del trabajador. Solo se aplica a los firmantes.
- Personal y limitada: Solo obliga a las partes firmantes y a los trabajadores afiliados a los sindicatos que participaron en la negociación.