Penología: Ciencia del Castigo y la Rehabilitación en Criminología
Penología
Noción de Penología
La penología es una disciplina científica enfocada en los sistemas de castigo establecidos por el derecho penal. Se considera una ciencia auxiliar del derecho penal que examina cómo se establecen, sistematizan, aplican y ejecutan las penas y las medidas cautelares penales.
Definición de Penología
Entendemos por penología el estudio de la actividad jurisdiccional o administrativa del Estado mediante el ejercicio del ius puniendi, posterior a la imposición de una sanción.
Función de la Penología
Se ocupa del estudio de las penas, su objeto, sus características, su evolución histórica y, muy especialmente, de sus consecuencias prácticas como medidas disuasivas del crimen.
Origen del Término Penología
La idea de penología tiene su origen en el vocablo inglés penology, acuñado por el jurista Francis Lieber en 1834, quien también se dedicó a la filosofía, la política y la enseñanza. Lieber concibió la penología como una disciplina independiente y bien definida.
Más adelante, a lo largo del siglo XIX, su contenido se vio reducido por la influencia de la doctrina francesa, centrándose únicamente en las penas privativas de libertad y confundiéndose con la ciencia penitenciaria. Sin embargo, la penología es una disciplina distinta, ya que la penitenciaria se enfoca solo en la pena de prisión y no en otras sanciones penales.
En la actualidad, el concepto de penología abarca los regímenes de semilibertad y libertad de los individuos condenados, incluyendo los recursos para prevenir y reprimir delitos más allá del ámbito penitenciario.
Castigo y Rehabilitación
En un sentido amplio, la penología estudia los mecanismos de castigo y rehabilitación de los delincuentes. Aunque se asocia con el derecho penitenciario, la penología considera también la aplicación de penas fuera de los establecimientos penitenciarios.
Semilibertad
La semilibertad, o tercer grado, es un concepto clave que diferencia la concepción de la penología a lo largo de la historia. Se aplica a personas que cumplen su pena fuera de un centro penitenciario.
Teoría de la Pena
Concepto de Pena y Etimología
La pena es un mal, un castigo para el delincuente, con eficacia intimidatoria y ejemplar. Es pronunciada por la autoridad jurisdiccional tras la comisión de un delito, afirmando el principio de legalidad. El término procede del latín poena, derivado del griego poine (dolor, trabajo, sufrimiento) y del sánscrito punya (purificación).
La pena es el medio del Estado para reaccionar frente al delito, expresándose como la restricción o pérdida de derechos del responsable.
La Punibilidad
Punibilidad o Penalidad
Para algunos tratadistas, la punibilidad es un elemento constitutivo del delito. Se traduce en una sanción: la pena. La pena es la privación o disminución de un bien jurídico a quien comete o intenta cometer un delito. Toda conducta típica, antijurídica y culpable es punible.
La punibilidad es posterior al delito, una consecuencia de la conducta ilícita. Es la amenaza o conminación de una pena, la posibilidad de aplicarla, mientras que la pena es el cumplimiento del derecho de castigar.
Aspectos de la Punibilidad
- Causas de impunidad
- Condiciones objetivas de punibilidad
Naturaleza Jurídica: Teorías
- Algunos sostienen que la punibilidad es un elemento del delito, ya que sin punibilidad no hay delito.
- Otros consideran que la punibilidad es una consecuencia del delito, no un elemento.
- Hay delitos que no se penan debido a causas de impunidad, cuestionando la punibilidad como elemento del delito.
Causas de Impunidad
Son las que extinguen la posibilidad de aplicar una pena en casos concretos. Se dividen en excusas absolutorias y perdón judicial.
El Perdón Judicial
Según el artículo 368 del Código de Procedimiento Penal (Ley 1970), el juez concede el perdón judicial al autor de un primer delito condenado a pena privativa de libertad no mayor a dos años.
La Punibilidad en la Teoría del Delito
La inclusión de la punibilidad en la teoría del delito es debatida. Se argumenta que debe ser un elemento más, no solo una consecuencia jurídica.
La Punibilidad como Presupuesto Normativo
La norma tiene un momento normativo o de promulgación, donde la punibilidad es la formulación de la prescripción. La consecuencia del daño causado por el delincuente es la reparación mediante su libertad u otra sanción. Existen delitos sin pena, pero no sin punibilidad.
El presupuesto de punibilidad es indispensable en la estructura de la norma jurídico penal.
La Inclusión de la Punibilidad en la Teoría del Delito
La inclusión de la punibilidad como elemento del delito, es uno de los institutos más controvertidos en la doctrina jurídico-penal. La consideración de la punibilidad dentro de la teoría jurídica del delito, responde a la necesidad de delimitación y ponderación del propio delito, que expresa el merecimiento de pena, así como a la necesidad de respuesta penal, que trae como consecuencia.
En este sentido podemos decir que la punibilidad aporta en la teoría jurídica del delito la exigencia de verificación de necesidad de respuesta penal, en razón a la garantía de eficacia y de funcionalidad social de normas penales, así como la ejecución de sanciones penales. Desde la perspectiva de la prevención general, la punibilidad juega el papel de exigencia en la necesidad de la pena. Mientras que, en lo referente a la prevención especial, la punibilidad resulta necesaria para la sanción penal, sometiendo de manera directa todos aquellos supuestos de realización del injusto penal. Es por las razones argumentadas, que no se puede, ni es de recibo aceptar la fundamentación de la punibilidad como aplicación de la pena al delito concreto, sino más bien debemos entender a la punibilidad como un elemento de valoración de las exigencias tanto preventivo generales como especiales, ya que estas son codeterminantes.
Bajo la denominación de punibilidad se designa una serie de presupuestos adicionales de la tipicidad, antijuridicidad y culpabilidad, indispensables para que al hecho se le pueda imponer una pena. No obstante, con frecuencia se toman como sinónimos al concepto de «pena» y «punibilidad». Si bien, ambos institutos tienen como común denominador que se refieren al castigo, estos presentan de suyo diversas características que infieren de manera sustancial en el estudio de la teoría jurídica del delito.
Así en un primer término, podemos entender por PENA, a la consecuencia jurídica del delito prevista en la norma incriminadora para el autor culpable del injusto típico. Mientras que la PUNIBILIDAD como ha quedado precisado afecta de manera sustancial el concepto jurídico del delito –acción, típica, antijurídica, culpable y punible-. Pues la punibilidad indica la susceptibilidad, necesidad y merecimiento de pena que desde la óptica jurídico-penal y político criminal, es acreedora a la realización del injusto típico y culpable