Sistema Educativo Español: Organización y Normativa

Educación en España

El artículo 27.2 de la Constitución Española establece el derecho a la educación, cuyo objetivo es el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales.

Organización Escolar

El estudio de los elementos y recursos del centro permite realizar un proyecto educativo. Se consideran dos dimensiones:

  • Teórica: Establece las leyes que rigen la educación.
  • Práctica: Acciones que se llevan a cabo en los centros educativos.

El componente tecnológico se refiere a las estrategias organizativas y metodologías pedagógicas aplicadas en los centros.

Dimensiones del Centro Educativo

  1. Fundamentación: Epistemología y teoría general de la organización. Concepto, evolución y situación actual de la organización escolar como ciencia. Teoría organizativa en el ámbito escolar.
  2. Dimensión Externa (Política Educativa): Contexto administrativo (central y autonómico), marco legal y sistema educativo.
  3. Dimensión Interna:
    • Elementos personales (estudiantes, profesores).
    • Elementos formales y funcionales (temporalización y planificación).
    • Elementos materiales (edificio, aula, recursos).
    • Elementos financieros (inversión económica).
    • Elementos jurídicos (normas jurídicas).
    • Elementos institucionales (diferentes niveles y etapas del centro y de las Administraciones Públicas).
    • Servicios auxiliares.
  4. Dimensión Proyectiva: Relación de los centros escolares con la comunidad, familia, municipio y contexto.

Política Educativa en España

España es una monarquía parlamentaria donde la soberanía nacional reside en el pueblo, del cual emanan los poderes del Estado.

Poderes del Estado

  • Legislativo: (Políticos) Mira al futuro, elabora y redacta leyes. Formado por el Congreso de los Diputados y el Senado, y las asambleas legislativas de las Comunidades Autónomas.
  • Judicial: (Jueces y abogados) Mira al pasado, interpreta las leyes para resolver conflictos.
  • Ejecutivo: (Gobierno) Mira al presente, gobierna, toma decisiones políticas y aplica las leyes aprobadas por el poder legislativo. Dirige la política interior y exterior.

Líneas Maestras de la Política Educativa

Se toman decisiones referentes al sistema educativo español, aplicándolas a través de la legislación educativa. Es un conjunto de normas de cumplimiento obligatorio que regulan el sistema educativo. La administración educativa se encarga de administrar todos los recursos y elementos para su aplicación.

Administración Educativa Española: Niveles y Reparto

La administración educativa es un conjunto de instituciones, recursos personales, materiales y financieros que implementa la legislación educativa. Está formada por:

  • Administraciones educativas.
  • Profesionales de la educación (públicos y privados).
  • Alumnos.
  • Estructuras, medios personales, materiales y financieros.
  • Acciones organizativas de gestión o pedagógicas.

Niveles de la Administración Educativa

  • Central: Ministerio de Educación (Estado).
  • Autonómico: Consejería de Educación (Comunidades Autónomas).
  • Municipal: Concejalía de Educación (Ayuntamientos).
  • Centros Educativos.

Pirámide Normativa

El ordenamiento jurídico es un conjunto de normas jurídicas jerarquizadas. Se publican en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

  • Constitución Española (1978)
  • Derecho de la Unión Europea
  • Tratados Internacionales
  • Leyes Orgánicas y Ordinarias (Estatales y Autonómicas)
  • Reales Decretos Leyes y Reales Decretos Legislativos
  • Reglamentos (Estatales y Autonómicos)
  • Otras normas jurídicas

Leyes Educativas en España

Ley General de Educación (1970)

  • Escolarización obligatoria de 6 a 14 años.
  • Escolarización gratuita, obligatoria y básica con diferentes etapas: EGB (6-14), BUP (14-17), COU (17-18).
  • Modernización de los planes de estudio.

LODE (1985)

  • Principios: derecho a la educación básica, obligatoria y gratuita; pluralismo educativo y libertad de enseñanza; equidad educativa.
  • Libertad de creación de centros docentes privados y concertados.
  • Creación del Consejo Escolar del Estado.
  • Participación de la sociedad en la escuela.

LOGSE (1990)

  • Reforma profunda del sistema educativo.
  • Homologación con sistemas educativos de la UE.
  • Reparto competencial entre Estado y CCAA.
  • Escolaridad hasta los 16 años.
  • Formación permanente del profesorado.
  • Consejos Escolares de los Centros.
  • Concepto de NEE (educación especial).

LOPEG (1995)

  • Autonomía de los centros educativos.
  • Desarrollo profesional de los docentes.
  • Evaluación para la mejora de la calidad educativa.
  • Función inspectora.
  • Escolarización de alumnos con NEE.
  • Órganos de un centro escolar: unipersonales y colegiados.

LOE (2006)

  • Continuación y profundización de la LOGSE.
  • Asignatura: Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos.
  • Competencias básicas.
  • Programas de cooperación territorial.
  • Enseñanzas deportivas.
  • Educación especial: inclusión, equidad, normalización, atención temprana, participación de los padres.

LOCE (2002)

  • No se aplicó.
  • Fomento del uso de las TIC.
  • Cultura del esfuerzo, responsabilidad y disciplina.
  • Autonomía de los centros y liderazgo de los directores.
  • Educación Preescolar (0-3) y Educación Infantil (3-6).
  • Enseñanzas de idiomas.

LOMCE (2013)

  • Cultura del esfuerzo.
  • Incorporación de las TIC.
  • Plurilingüismo.
  • Estímulo de la FP.
  • Autonomía de los centros y gestión de la dirección.

Declaración de Bolonia (1999)

Firmada por 29 ministros europeos para adaptar los contenidos universitarios a las demandas sociales.

Objetivos de la Declaración

  • Ampliar los niveles de empleabilidad.
  • Desarrollar investigación científico-técnica.
  • Promover la calidad de los estudios.
  • Armonizar el sistema de educación superior en los países miembros de la UE.

Objetivos del Proceso de Bolonia

  • Promover la dimensión europea de la educación superior.
  • Crear el Espacio Europeo de Educación Superior (EEES).
  • Adaptar un sistema de títulos universitarios fácilmente comprensible.
  • Promover la movilidad de los estudiantes.

Constitución Española de 1978 (Artículo 27)

  1. Derecho a la educación y libertad de enseñanza.
  2. Objetivo de la educación: pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos.
  3. Formación religiosa y moral de acuerdo con las convicciones de los padres.
  4. Enseñanza básica obligatoria y gratuita.
  5. Derecho a la educación mediante programación general de la enseñanza y creación de centros docentes.
  6. Libertad de creación de centros docentes (personas físicas y jurídicas).
  7. Intervención de profesores, padres y alumnos en el control y gestión de centros sostenidos con fondos públicos.
  8. Inspección y homologación del sistema educativo por los poderes públicos.
  9. Ayuda a centros docentes que cumplan los requisitos.
  10. Autonomía de las Universidades.