El Deporte Profesional y sus Complejidades: Entre la Ley y el Juego

El Deporte Profesional y sus Complejidades

¿Quién es un Deportista Profesional?

La naturaleza de un deportista profesional se define por la legislación, no exclusivamente por:

  • La calificación del propio contrato
  • La categoría en que se actúe
  • La licencia expedida

Son los tribunales los que finalmente lo establecen.

El Deporte Profesional en España

Deporte Profesional «Oficial» (LFP + ACB)

En el caso de los deportistas profesionales que reúnen los requisitos de laboralidad, su relación especial la regula el Real Decreto 1006/1985, de 26 de junio.

  1. La Ley 10/1990 no escindió el deporte profesional del aficionado: arbitraje + licencias + disciplina deportiva.
  2. La obligación de transformación en SAD no capitalizó los clubes, generó desapego y no era necesaria para responsabilizar a directivos.
  3. No todos los clubes compiten con idéntica forma social (empresas contra asociaciones sin ánimo de lucro).
  4. Se pretende que estos clubes sean empresas, pero se les imponen trabas.
  5. Financiación «intervenida»: quiniela, partido en abierto, limitaciones publicitarias, etc.
  6. Endeudamiento masivo con AEAT y SS.
  7. No se ha establecido la titularidad de los derechos audiovisuales para el organizador de la competición.
  8. Concursos de acreedores y reforma laboral: afectación a la competición.
  9. Saturación de partidos.
  10. No regulación de los árbitros.
  11. Uso de los derechos de imagen para eludir impuestos.
  12. Aparición de los fondos de inversión, que despatrimonializan los clubes.
  13. Cláusulas de rescisión objeto de moderación judicial.
  14. No existe un órgano judicial internacional que resuelva los conflictos.
  15. Los traspasos como negocio.

Deporte Profesional «No Oficial»

  1. Situación similar pero con menos capacidad económica.
  2. Dependencia completa de subvenciones y patrocinadores.
  3. Relaciones laborales en competiciones no profesionales.

Deporte Aficionado

  1. No hay una adecuada incentivación de la inversión privada.
  2. No regulación especial para el deportista y técnico aficionado.
  3. No regulación fiscal especial para clubes adecuada.
  4. Uso de escuelas deportivas para generar recursos destinados a equipos semiprofesionales.
  5. Recaudaciones accesorias en circunstancias cuestionables.
  6. Función social no reconocida expresamente.
  7. Desprotección frente a clubes grandes.

El Dopaje en el Deporte

Según el Código Mundial Antidopaje, se considera dopaje:

  1. Presencia de una sustancia prohibida en el cuerpo del deportista.
  2. Uso o intento de uso de una sustancia o método prohibido.
  3. Negativa a someterse a un control de dopaje.
  4. Trampas en el control de dopaje.
  5. Posesión, administración o tráfico de sustancias prohibidas.
  6. Administración o intento de administración de sustancias prohibidas a un deportista.

España (1989): «Dopado», «dopaje», «dopar».

RAE: «Dopar»: Administración de fármacos o estimulantes para potenciar artificialmente el rendimiento.

Segers y Jongers (1973): «Doping»: Todo procedimiento artificial de modificación del comportamiento en competición.

Consejo de Europa: «Dopaje»: Emplear sustancias prohibidas infringiendo los reglamentos deportivos.

Origen: «Doping» (anglicismo, 1889): Estimulación ilícita de caballos. Deriva del dialecto Kafir («Dop»: licor estimulante).

El Deporte en la Unión Europea

  • Precedentes: El deporte solo interesaba a la CE como actividad económica.
  • Consejo Europeo de Fontainebleau (1984): El deporte se relaciona con la Europa de los Ciudadanos.
  • Resolución de 1989: Inaplicación del derecho comunitario por UEFA.
  • Sentencias Bosman y Simutenkov: Derecho comunitario prevalece sobre normas deportivas internacionales.
  • Declaración sobre el deporte (Tratado de Ámsterdam, 1998): Importancia social del deporte.
  • Informe de Helsinki (1999): Aspectos culturales, sanitarios, docentes, etc.
  • Declaración de Niza (2000): Modelo de deporte, deporte aficionado, etc.
  • Proyecto de Constitución Europea (2004): Dimensión europea del deporte.
  • Tratado de Lisboa: La Unión fomentará los aspectos europeos del deporte.
  • Libro Blanco sobre el deporte (2007): Se identifican seis problemas clave.

El Modelo Deportivo de Estados Unidos

  • Separación total entre deporte de élite y el resto.
  • Deporte universitario como segundo nivel.
  • Deporte de base a nivel estatal.
  • Grandes Ligas americanas: empresas con modelo de franquicia.
  • Ligas cerradas y posibilidad de cambio de sede.
  • Órganos de la entidad organizadora con amplias facultades.
  • Derechos laborales de los deportistas diferentes a España o Europa.
  • Regulación privada.
  • Major Leagues: propietarias de derechos audiovisuales y publicidad.
  • Sistemas de equilibrio en la competición (draft).

Ejemplo NBA

  • Topes salariales.
  • Jugador sujeto a reglas de competición.
  • Traspasos controlados por la NBA.
  • Ligas cerradas.
  • Concepción diferente del dopaje.
  • Difícil engarce con Federaciones internacionales y JJ.OO.