Introducción a la Informática Jurídica y la Cibernética

Primer Parcial (A)

Definición de sistema

Un grupo de componentes interrelacionados que trabajan juntos hacia un fin común, aceptando «inputs» y produciendo «outputs» en un proceso de transformación organizado.

La cibernética

Es la ciencia que estudia sistemas naturales, sociales y, en el caso de la materia, de su aplicación tecnológica con la finalidad de establecer relaciones entre sus elementos, proponer un modelo y establecer una metodología para implementar un sistema de cómputo capaz de recibir, almacenar y transformar la información.

Informática jurídica

Es la técnica que tiene por finalidad almacenar, ordenar, procesar y entregar según criterio lógico y científico, todos los datos jurídicos necesarios para documentar o proponer la solución al problema de que se trate, mediante el estudio del tratamiento automatizado de las fuentes de conocimiento jurídico y de los medios instrumentales con que se gestiona el derecho.

Definición de modelo

Una simplificación que imita los fenómenos del mundo real, de modo que se puedan comprender las situaciones complejas y podamos hacer predicciones.

1.- Informática jurídica de control y de gestión

  • Registral: que se ocupa de todos los tipos de registros sean públicos o privados.
  • Operacional: trata de facilitar la actuación de las oficinas relacionadas con el derecho, tanto a nivel público, como privado.
  • Decisional: es la utilización de modelos predefinidos para la adecuada solución de casos específicos y concretos.

Es el conjunto de métodos, procesos y procedimientos tecnológicos aplicados en las actividades de los profesionales del derecho y la administración de la justicia.

2.- Aspectos positivos para considerar la existencia del derecho informático

  • Documentaria
  • Esquemas de representación
  • Problemas gramaticales
  • Instrumentos lingüísticos
  • Control y gestión
  • Administración pública
  • Órganos jurisdiccionales
  • Despachos y notarías
  • Sistemas expertos legales
  • Toma de decisiones
  • Educación e investigación
  • Previsión y redacción

3.- Elementos de un sistema (Teoría de Sistemas)

a) Entradas: recursos del medio que funcionan como insumos para el proceso

b) Proceso: transforma o procesa una entrada en salida; es una actividad o fenómeno que modifica las entradas para producir un resultado.

c) Salida(s): son los resultados que se obtienen de procesar las entradas

  • Cada sistema tiene además la posibilidad de retroalimentación

Primer Parcial (B)

La cibernética

Estudio de las analogías entre los sistemas de control y comunicación de los seres vivos y los de las máquinas; y en particular, el de las aplicaciones de los mecanismos de regulación biológica a la tecnología.

Datos personales

Con ellos el individuo pueda interactuar con otros o con una o más organizaciones sin que sea confundido con el resto de la colectividad y para que pueda cumplir con lo que disponen las leyes.

Sistema cerrado

No tiene ambiente ni contexto. Los sistemas cerrados no presentan intercambio con el medio ambiente que los rodea, son herméticos a cualquier influencia ambiental.

Enfoque ocupacional

Este elemento de la sociedad de la información se enfoca al cambio, cuando se encuentra que el predominio del empleo está en el sector de la información.

1.- Tareas básicas de los sistemas informativos

Toma de decisiones (informática jurídica decisional): Son aquellos que contienen una base de conocimientos en forma de banco de datos, bien estructurados de manera que permitan un cálculo lógico.

Informática educativa: Se refiere a la enseñanza del Derecho a partir del uso de medios informáticos, es decir busca el desarrollo de orden jurídico-educacional.

Informática jurídica analítica: Es el uso de la computadora para fines de investigación científica.

Previsión jurídica: infiere a través de un banco de datos de orden sociológico jurídico.

Redacción: provee un apoyo informático permanente al momento de la elaboración misma del texto. Es decir, al momento que este se elabora, aparecen condiciones, circunstancias o consecuencias de derecho, excepciones, a tomar en cuenta.

2.- Aspectos negativos para considerar la existencia del derecho informático

3.- Informática jurídica documentaria

Informática jurídica
1.- Documentaria
Esquemas de representación
Problemas Gramaticales
Instrumentos Lingüísticos

Segundo Parcial

1.- Derechos que protege el Habeas Data

Se centra en dos aspectos:
a) La creación de una garantía específica que proteja el derecho de los datos de la constitución.
b) En contraposición, la tendencia a que el término de libertad de expresión que puede resolverse a través de las leyes secundarias.

2.- Relación entre el derecho a la intimidad y el derecho a la protección de datos personales

Es el derecho a estar solo, a la privacidad de uno mismo (intimidad). El derecho a la protección de datos es cuando tú das los datos personales a una asociación (empresa) y esta por derecho debe resguardarlos.

3.- Derecho a la confidencialidad

Pertenece a los derechos humanos de privacidad. Entra la figura de reservador que solo puede transmitirse a quien se encuentra legalmente autorizado y en las circunstancias que corresponden, el cual involucra la confidencialidad del dato.

4.- Derecho a la privacidad

Derecho a la privacidad: Toda persona tiene derecho a vivir su propia vida, a desarrollarse de acuerdo a su capacidad y tendencia personal, a generar relaciones con otras personas, o a mantenerse alejado.

1. Los comportamientos del ser humano serán externos cuando se proyecten hacia otros dándoles publicidad a esos actos. 2. Serán internos e intransferibles cuando permanezca en el espacio interior del individuo. Esto es lo privado, lo propio.

Ejemplos de datos privados y la trascendencia de su protección: (Agregar ejemplos concretos)

5.- Derecho al olvido en internet y su relación con el derecho a la confidencialidad

El Derecho al Olvido en Internet: es el derecho que tiene el titular de un dato personal a borrar, bloquear o suprimir información personal que se considera obsoleta por el transcurso del tiempo o que de alguna manera afecta el libre desarrollo de alguno de sus derechos fundamentales.

Relación con el derecho a la confidencialidad: Pertenece a los derechos a la intimidad, entra la figura de reservador que solo puede transmitirse a quien se encuentra legalmente autorizado y en las circunstancias que corresponden, el cual involucra la confidencialidad del dato.

6.- Regulación de datos personales en México

Ley Federal de Derechos de Autor, en la cual en su artículo primero que la misma ley se desprende del artículo veintiocho constitucional con el objeto de la salvaguarda y promoción del acervo cultural de la Nación.

7.- Derechos de autor

Es cuando se protege al autor por su intelectualidad y otras obras de cultura a menos que este decida venderlos y cobrar comisión por usar su obra, siempre y cuando esté registrada.

Tercer Parcial

Tipos de delitos informáticos

Delitos contra la confidencialidad, la integridad y la disponibilidad de los datos y sistemas informáticos:

Algunos ejemplos de este grupo de delitos son: el robo de identidades, la conexión a redes no autorizadas y la utilización de spyware y de keylogger.

Delitos informáticos:

  1. Falsificación informática mediante la introducción, borrado o supresión de datos informáticos.
  2. Fraude informático mediante la introducción, alteración o borrado de datos informáticos, o la interferencia en sistemas informáticos.

El borrado fraudulento de datos o la corrupción de ficheros son algunos ejemplos de delitos de este tipo.

Delitos relacionados con el contenido:

Delitos relacionados con infracciones de la propiedad intelectual y derechos afines:

El «Protocolo Adicional al Convenio de Ciberdelincuencia del Consejo de Europa» que incluye, entre otros aspectos, las medidas que se deben tomar en casos de:

  • Difusión de material xenófobo o racista.
  • Insultos o amenazas con motivación racista o xenófoba.
  • Negociación, minimización burda, aprobación o justificación del genocidio o de crímenes contra la humanidad.

Ataques que se producen contra el derecho a la intimidad:

Delito de descubrimiento y revelación de secretos mediante el apoderamiento y difusión de datos reservados registrados en ficheros o soportes informáticos.

Infracciones a la Propiedad Intelectual a través de la protección de los derechos de autor:

Especialmente la copia y distribución no autorizada de programas de ordenador y tenencia de medios para suprimir los dispositivos utilizados para proteger dichos programas. (Artículos 270 y otros del Código Penal)

Falsedades:

Concepto de documento como todo soporte material que exprese o incorpore datos. Extensión de la falsificación de moneda a las tarjetas de débito y crédito. Fabricación o tenencia de programas de ordenador para la comisión de delitos de falsedad. (Artículos 386 y ss. del Código Penal)

Sabotajes informáticos:

Delito de daños mediante la destrucción o alteración de datos, programas o documentos electrónicos contenidos en redes o sistemas informáticos. (Artículo 263 y otros del Código Penal)

Fraudes informáticos:

Delitos de estafa a través de la manipulación de datos o programas para la obtención de un lucro ilícito.

Amenazas:

Realizadas por cualquier medio de comunicación.

Calumnias e injurias:

Cuando se propaguen por cualquier medio de eficacia semejante a la imprenta o la radiodifusión.

Pornografía infantil:

Entre los delitos relativos a la prostitución al utilizar a menores o incapaces con fines exhibicionistas o pornográficos.