La Ley en el Sistema Jurídico Español: Requisitos, Jerarquía y Ámbito Temporal
La Ley
La palabra «ley» no posee un significado unívoco, sino que admite pluralidad de significados:
- Regla que rige fenómenos naturales y humanos (ej. ley de la gravedad, leyes de la economía).
- Normas jurídicas, tanto de origen positivo como extrapositivo.
- Toda norma jurídica de Derecho positivo, incluyendo normas del Ordenamiento Jurídico (OJ) y normas consuetudinarias.
- Normas jurídicas emanadas de la potestas normandi del Estado. Con la Constitución de 1978, este concepto se amplía a las Comunidades Autónomas (CCAA) dentro de sus competencias.
- Tipo de norma con especial solemnidad en su confección y órgano del que emana (Parlamento o poder legislativo, reglamento, decreto, orden ministerial). Sectores doctrinales incluyen las sentencias del Tribunal Constitucional en recursos y cuestiones de constitucionalidad.
Requisitos de las Leyes como Normas Jurídicas
Para que las leyes y disposiciones jurídicas sean consideradas normas, deben cumplir estos requisitos:
- Legitimidad interna: Desde el punto de vista formal, observancia de los preceptos constitucionales y otras leyes que conceden la potestas normandi al poder, órgano o autoridad emisor. Conformidad de su contenido con normas superiores.
- Solemnidad de la confección: Seguimiento de los trámites establecidos en su elaboración. Las leyes deben ser sancionadas por el Rey, promulgadas y publicadas en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Jerarquía Normativa y Consecuencias Jurídicas
El principio de jerarquía normativa se establece en el artículo 1 al enumerar las fuentes del Derecho. La ley se considera sinónimo de normas jurídicas estatales (leyes orgánicas, ordinarias). La Constitución Española es la norma suprema, estructurando el reparto de competencias entre el Estado y las CCAA. Disposiciones que contradigan normas superiores carecen de validez (art. 1.2 Código Civil).
Límites Temporales de las Normas Jurídicas
Entrada en Vigor de las Leyes
Las leyes entran en vigor a los veinte días de su publicación completa en el BOE, salvo disposición contraria (art. 2.1 Código Civil). Esta vacatio legis puede ser modificada por la propia ley.
Término de Vigencia de las Normas Jurídicas
Las leyes solo se derogan por otras posteriores. La derogación tendrá el alcance dispuesto y se extiende a lo incompatible en la nueva ley sobre la misma materia. La derogación no restaura la vigencia de leyes previamente derogadas (art. 2.2 Código Civil).
La Ley Interna y los Tratados Internacionales
Según el artículo 1.5 del Código Civil, los Tratados Internacionales (TI) tienen fuerza directa en España tras su publicación en el BOE. Los tratados objeto de ratificación legislativa tienen categoría de leyes internas y se derogan según lo convenido o según el Derecho Internacional.
Cambios Legislativos y Normas de Transición
Concepto y Significado del Derecho Transitorio
Las normas de Derecho transitorio resuelven conflictos intertemporales.
Retroactividad e Irretroactividad
- Retroactiva: Se aplica a actos y situaciones jurídicas bajo la ley antigua.
- Irretroactiva: Se aplica a actos y hechos posteriores a su entrada en vigor.