Derechos Laborales y Humanos en México: Constitución y Ley Federal del Trabajo

Derechos Humanos y Garantías en México

Artículo 1° Constitucional

En los Estados Unidos Mexicanos, todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección. El ejercicio de estos derechos no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.

Artículo 5° Constitucional

A ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos. El ejercicio de esta libertad solo podrá vedarse por determinación judicial, cuando se ataquen los derechos de terceros, o por resolución gubernativa, dictada en los términos que marque la ley, cuando se ofendan los derechos de la sociedad. Nadie puede ser privado del producto de su trabajo, sino por resolución judicial.

Artículo 123 Constitucional

Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil. Para ello, se promoverán la creación de empleos y la organización social para el trabajo, conforme a la ley.

Debido Proceso y Desarrollo Nacional

Artículo 23 Constitucional

Ningún juicio criminal deberá tener más de tres instancias. Nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo delito, ya sea que en el juicio se le absuelva o se le condene. Queda prohibida la práctica de absolver de la instancia.

Artículo 25 Constitucional

Corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que este sea integral y sustentable, que fortalezca la soberanía de la Nación y su régimen democrático. Mediante la competitividad, el fomento del crecimiento económico y el empleo, y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, se busca permitir el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales, cuya seguridad protege esta Constitución. La competitividad se entenderá como el conjunto de condiciones necesarias para generar un mayor crecimiento económico, promoviendo la inversión y la generación de empleo.

Ley Federal del Trabajo

Indemnizaciones (Artículo 50)

Las indemnizaciones consistirán en:

  • Relación laboral por tiempo determinado menor de un año: Una cantidad igual al importe de los salarios de la mitad del tiempo de servicios prestados. Si excediera de un año, una cantidad igual al importe de los salarios de seis meses por el primer año y de veinte días por cada uno de los años siguientes en que hubiese prestado sus servicios.
  • Relación laboral por tiempo indeterminado: Veinte días de salario por cada uno de los años de servicios prestados.
  • Adicional a lo anterior: El importe de tres meses de salario y el pago de los salarios vencidos e intereses, en su caso, en los términos previstos en el artículo 48 de esta Ley.

Días de Descanso y Jornada Laboral

Artículos 69-75 (Días de descanso)
Artículos 58-68 (Jornada de trabajo)

Subcontratación (Artículo 15)

En las empresas que ejecuten obras o servicios, principalmente para otra, y que no dispongan de elementos propios suficientes, se observarán las normas siguientes:

  • La empresa beneficiaria será solidariamente responsable de las obligaciones contraídas con los trabajadores.
  • Los trabajadores tendrán derecho a condiciones de trabajo proporcionadas a las que disfruten quienes ejecuten trabajos similares en la empresa beneficiaria.

Definición de Subcontratación

El trabajo en régimen de subcontratación es aquel por medio del cual un patrón, denominado contratista, ejecuta obras o presta servicios con sus trabajadores bajo su dependencia, a favor de un contratante, que fija las tareas del contratista y lo supervisa.

Formalidades del Contrato

El contrato entre la persona que solicita los servicios y un contratista deberá constar por escrito. La empresa contratante deberá cerciorarse de que la contratista cuenta con la documentación necesaria para cumplir con sus obligaciones laborales.

Seguridad y Salud

La empresa contratante debe cerciorarse de que la contratista cumple con las disposiciones de seguridad, salud y medio ambiente en el trabajo.

Restricción

No se permitirá la subcontratación para disminuir derechos laborales. En este caso, se aplicará el artículo 1004-C y siguientes de esta Ley.