Guía Completa para la Importación en Bolivia
Importación en Bolivia
Concepto de Importación
Conjunto de bienes y servicios comprados por un país en territorio extranjero para su utilización en territorio nacional.
Tipos de Importación
- Importación para el consumo: Es aquella en la que se introduce mercadería en un país, pagando los derechos aduaneros, con el fin de ser comercializada para el consumo dentro del mismo país.
- Importación temporal: Permite a las aduanas autorizar la entrada de manera legal de mercancías o productos que provengan del exterior que se procesarán en la nación o país, pero luego deben ser exportadas.
- Reimportación: Permite el ingreso de mercancías que anteriormente fueron exportadas desde ese mismo país.
- Importación con franquicia: Aquellas importaciones que por estar sujetas a determinados tratados, tales como el Mercosur, están exentas de pagar una parcialidad o totalidad de los derechos aduaneros correspondientes.
Régimen Tributario Boliviano
Ley 843 y su modificación con Ley 1606 del 22 de Diciembre de 1994
Impuesto al Valor Agregado (IVA)
Se aplica a la venta de bienes muebles; los contratos de obras y la prestación de servicios; y la importación definitiva de bienes muebles. Tasa general única: 13% nominal y tasa efectiva: 14.94%
Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado (RCIVA)
El RCIVA se aplica a los ingresos de las personas naturales y sucesiones indivisas, provenientes de la inversión de capitales, del trabajo o ambas. La alícuota aplicada a este impuesto es del 13%.
Impuesto sobre las Utilidades de la Empresa (IU)
Es aplicado sobre las utilidades generadas por la empresa pública o privada, en un año fiscal. La alícuota es del 25%, debiendo ser cancelada una vez al año.
Impuesto a los Consumos Específicos
Se aplica a las ventas e importaciones de ciertos productos, tales como cigarrillos, tabacos, bebidas refrescantes, bebidas alcohólicas y vehículos automotores. Tasas porcentuales: Cigarrillos: 50% Vehículos automóviles: 18%
¿Qué productos están exonerados del pago?
Las bebidas no alcohólicas elaboradas a base de pulpa de frutas y otros frutos esterilizantes; los vehículos automóviles, construidos y equipados exclusivamente para los servicios de salud y de seguridad (ambulancias, carros de seguridad, carros bomberos y camiones cisternas) y los vehículos que cumplan con determinadas características.
Impuesto Especial a los Hidrocarburos y sus Derivados
Se aplica a la comercialización en el mercado interno de hidrocarburos y sus derivados, sean éstos producidos internamente o importados.
Impuesto a la Propiedad de Inmuebles y Vehículos Motorizados
El Impuesto a la Propiedad de Inmuebles y Vehículos Motorizados es de aplicación anual y se aplica para toda propiedad inmueble y vehículos automotores existentes en territorio boliviano, exceptuando las propiedades del gobierno central como las prefecturas, municipios, instituciones públicas, fundaciones, centros educativos y organizaciones no gubernamentales. La base del cálculo para este impuesto es el avalúo fiscal establecido por cada municipio. Las alícuotas establecidas están detalladas en la Ley de Reforma Tributaria. Este impuesto es pagado una sola vez al año.
Impuesto a la Transacciones (IT)
Aplicado al ejercicio comercial, industrial, profesional, de oficio, negocio, alquiler de bienes y otras actividades realizadas por personas naturales, jurídicas, empresas públicas y privadas, incluyendo empresas unipersonales. La alícuota es del 3%, que se paga mensual.
Régimen de Importaciones
«Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías» NANDINA.
El arancel aduanero de importación de Bolivia, a partir de 11/2007, cuenta con una nueva estructura arancelaria, con alícuotas de (0%), (5%), (10%), (15%), (20%) y (35%).
Los productos originarios de los Países Miembros de la Comunidad Andina, de los países miembros de la ALADI, con los que Bolivia tiene Acuerdos de Complementación Económica, cuentan con preferencias arancelarias de hasta el 100%.
Guía de Importación de Bolivia
1. Registro del emprendimiento exportador
Tiene la obligación de registrarse ante la aduana nacional en la unidad de servicio a operadores como importador habitual o no habitual debiendo presentar el formulario de registro de importadores formulario número 170.
2. Verificaciones de autorizaciones previas y certificaciones
a) El importador, previo al embarque de la mercancía, debe verificar si la mercancía al importar requiere autorizaciones previas y certificaciones aspectos detallados a continuación:
- Servicio nacional de sanidad agropecuaria e inocuidad alimentaria SENASAG: Animales vivos y productos del reino animal, productos del reino vegetal grasas y aceites, animales o vegetales, producto de las Industrias alimenticias, abonos, productos farmacéuticos, muebles de madera.
- Ministerio de salud: Para jugos y extractos vegetales, fórmulas lácteas, alcoholes a cíclicos, productos farmacéuticos, perfumes y agua de tocador, jabón agentes de superficie orgánicos. Ministerio de gobierno: Ácidos, bases, oxidantes, solventes, productos terminados.
- Ministerio de economía y finanzas públicas: Para monedas y billetes, sellos de correo, pasaporte, cédula de identidad y formularios para valores Fiscales.
- Ministerio de defensa: Para armas de fuego, municiones, explosivos, material bélico, armas químicas.
- Ministerio de desarrollo rural y tierras: Para bromo metano.
- Ministerio de medio ambiente y agua: Amianto, derivados halogenados de los hidrocarburos.
- Agencia Nacional de hidrocarburos y sus derivados: IBMETRO mercancías que obtengan diclorodifluorometano de emisión de gases contaminantes de vehículos, recipientes de fundición de hierro o acero para gases comprimidos para GNB y GLP.
- Autoridad de regulación y fiscalización de telecomunicaciones y transportes: Aparatos emisores, aparatos de radar, radionavegación o radio telemando.
3. Despacho Aduanero de Importación
- Factura comercial original o documento equivalente.
- Original o copia del documento de transporte o de embarque.
- Lista de empaque.
- Certificado de origen para mercancías sujetas a preferencias arancelarias.
- Copia de la póliza o certificado de seguro de transporte.
- Original de la planilla de pagos portuarios si corresponde.
- Copia de la factura de transporte internacional flete marítimo flete carretero valor FOB.
- Certificado sanitario si corresponde, certificados y autorizaciones previas si corresponde.
4. Verificación de legalidad de documentos por parte de la aduana nacional de Bolivia
Plazo de 3 días hábiles: Canal rojo: Examen de la documentación, reconocimiento físico y retiro de la mercancía. Canal amarillo: Examen de la documentación para verificar los documentos requeridos y retiro de la mercancía. Canal verde: Retiro de la mercancía directo sin revisión previa ni de la documentación.