Auditoría del Sistema de Prevención de Riesgos Laborales

Introducción

La auditoría del sistema de prevención de riesgos laborales es una evaluación sistemática, documentada, periódica, objetiva e independiente. Sirve como instrumento de gestión para reflejar la imagen fiel del sistema, valorar su eficacia y detectar deficiencias que puedan llevar a incumplimientos de la normativa vigente. Permite la adopción de decisiones para su mejora continua.

Obligatoriedad

La auditoría es obligatoria por ley cuando se cumplen dos requisitos concurrentes:

  • Que de los resultados de la evaluación de riesgos se derive la necesidad de desarrollar actividades preventivas.
  • Que no se haya concertado el servicio de prevención con una entidad especializada.

Excepciones

Existen excepciones para empresas de hasta 50 trabajadores que realicen actividades no incluidas en el Anexo I del Reglamento de los Servicios de Prevención, que desarrollen sus actividades preventivas con recursos propios, o en las que la eficacia del sistema preventivo resulte evidente sin necesidad de auditoría por el número limitado de trabajadores y la escasa complejidad de las actividades preventivas. En estos casos, basta con notificar a la Autoridad Laboral la concurrencia de estas condiciones.

La Autoridad Laboral, previo informe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y, en su caso, de OSALAN, podrá requerir la realización de una auditoría si existen datos de siniestralidad, peligrosidad de la actividad o inadecuación del sistema de prevención.

Auditorías Voluntarias

Existe la posibilidad de realizar auditorías voluntarias para perfeccionar y mejorar las políticas preventivas.

Periodicidad

La primera auditoría debe realizarse dentro de los 12 meses siguientes a la planificación de la actividad preventiva. Debe repetirse cada 4 años, excepto para actividades del Anexo I del Reglamento, donde el plazo es de 2 años. Estos plazos se amplían 2 años si la organización preventiva se acuerda con la representación especializada de los trabajadores. La Autoridad Laboral, previo informe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, puede requerir la repetición de la auditoría en función de la siniestralidad u otras circunstancias.

Contenido de la Auditoría

  • Evaluación de riesgos: Comprobar la evaluación inicial y periódica de los riesgos, analizar sus resultados y verificarlos.
  • Planificación de actividades preventivas: Comprobar que el tipo y planificación se ajustan a la normativa general y específica, considerando los resultados de la evaluación.
  • Adecuación de recursos: Analizar la adecuación entre los procedimientos, medios y recursos del empresario, propios o concertados, y su organización o coordinación.
  • Integración de la prevención: Valorar la integración de la prevención en el sistema general de gestión de la empresa, en todos los niveles jerárquicos, mediante la implantación del Plan de Prevención de Riesgos Laborales.
  • Eficacia del sistema: Valorar la eficacia del sistema para prevenir, identificar, evaluar, corregir y controlar los riesgos laborales en todas las fases de la actividad.
  • Integración en la dirección: Ponderar la integración de la prevención en la dirección, cambios de equipos, productos, organización, mantenimiento y supervisión de actividades peligrosas.

Procedimiento

La auditoría debe realizarse según las normas técnicas establecidas, considerando la información de los trabajadores. La metodología debe incluir al menos:

  • Análisis de la documentación del plan de prevención, evaluación de riesgos, planificación y otra información relevante.
  • Análisis de campo para verificar que la documentación refleja la realidad preventiva.

Resultado de la Auditoría

Se emite un informe con los resultados de la auditoría.