¿Es el Derecho Político? Una Perspectiva Sociológica

1. La Finalidad del Deber y su Relación con el Derecho

La finalidad del deber es establecer las condiciones de coexistencia necesarias para el desarrollo personal y la seguridad. Si bien el género deber es único, existen diversas especies: morales, jurídicos, familiares, políticos, etc., que se resumen en el principio de hacer el bien. Estos deberes se agrupan en familias con coherencia interna, y su elemento común es su relación con los demás.

Los deberes jurídicos, como parte del género deber, también se originan en la condición humana. Aunque todos los deberes tienen algún tipo de sanción (desde la reprobación de la conciencia hasta la desaprobación social), los deberes jurídicos presentan un aspecto distintivo que requiere un análisis descriptivo-interpretativo del comportamiento existencial en términos jurídicos.

Desde la Edad Moderna, el Derecho se ha vinculado principalmente con la Ley impuesta por el Estado. Dejando de lado las antiguas creencias que situaban el origen del derecho en lo cósmico, lo interesante es la estrecha dependencia de la comunidad con un supuesto orden jurídico universal. Este concepto, surgido en la filosofía griega y desarrollado por el pensamiento cristiano, considera el derecho de las comunidades políticas como una derivación del derecho natural universal. Bajo esta concepción, la política estaba subordinada al derecho.

En Europa, la formación de los Estados soberanos ha erosionado el vínculo entre derecho estatal y natural. El derecho se ha fragmentado en sistemas jurídicos estatales, su origen se atribuye a la voluntad de los gobernantes, y el derecho consuetudinario ha casi desaparecido. Así, el derecho se ha convertido en la forma jurídica de la voluntad de la comunidad política.

La ciencia jurídica contemporánea, al rechazar el iusnaturalismo, ha teorizado sobre la fragmentación del derecho. El único nexo entre los diversos ordenamientos jurídicos es su concepto de derecho (nominal y clasificatorio) y la estructura imperativo-retributiva de sus normas.

2. La Política y sus Elementos Constitutivos

Actualmente, la palabra “política” se aplica a diversas actividades (moda, economía, industria, etc.), pero su significado se distingue cuando se le atribuye un fin. Nuestra identidad individual coexiste con una identidad colectiva que nos agrupa socialmente como seres finitos.

El aspecto social, la identidad colectiva, es el ambiente de la política. El hombre es un animal político. La política no es sinónimo de poder, ya que este no existe por sí mismo, sino como elemento de la conciencia colectiva y, usualmente, como servidor de la comunidad. Si el poder no se basa en la conciencia común, se convierte en opresión.

El valor político es común a un grupo humano, y se expresa como bien común. Este bien común confiere una identidad supraindividual que eleva al individuo. La importancia del elemento comunitario se manifiesta en el lenguaje (patria, nación), en los símbolos (bandera, himno), que representan la unidad supraindividual. La res publica, como res populi, encuentra en los símbolos la expresión de su existencia y capacidad de unir a individuos distintos.

Las clases sociales también recuperan estos elementos, especialmente cuando actúan como actores políticos. Quienes plantean la política en términos clasistas insisten en la conciencia de clase y en su bien común. Estos elementos (nosotros, bien común, símbolos) son estructurales en cualquier agrupación o acción política.

El bien común y el “nosotros” permiten identificar un tercer elemento: la dinámica centrípeto-agregativa. Ninguna comunidad persiste sin este dinamismo, que el poder puede favorecer, pero no crear.

Un cuarto elemento es la solidaridad. La vida comunitaria se percibe como valiosa, fuente de obligaciones y deberes. El sentimiento de solidaridad subsiste como conciencia de un deber común. La moral de la política exige anteponer el bien común al particular.

Estos cuatro elementos (nosotros, bien común, movimiento centrípeto-agregativo y solidaridad) constituyen la estructura de la vida política. La política no se restringe a los políticos, sino que responde a las necesidades de la existencia. Al englobar y culminar todas las demás actividades humanas, se presenta como el supremo modo de existencia.

El principio constitutivo de la política es el bien común, que enlaza con los demás elementos. Pero el bien común es político, histórico, concreto, particular. Al ser particular, no puede presentarse como criterio universal de verdad o valor: la moral política opera dentro de la comunidad, no fuera de ella.

Quienes no participan en la comunidad política son extraños. La comunicación y la familiaridad se ven favorecidas por la conciencia del vínculo político interno. La vida política tiene dos caras: benigna hacia el interior, hostil hacia el exterior. Cuanto más auténticamente política es una comunidad, más exclusiva y excluyente se vuelve.

Por lo tanto, si el derecho es político, participa de su significado: un modo de abrirse hacia el interior de la comunidad y de cerrarse hacia el exterior.

se hacia el exterior.