Sustancia Económica y Entidad Económica en la Contabilidad
Sustancia Económica
El postulado de sustancia económica requiere que las transacciones y otros eventos que afecten económicamente a una entidad se reconozcan contablemente con base en su esencia económica, la cual debe prevalecer sobre su forma jurídica.
Esto implica que el reconocimiento contable debe capturar la realidad económica. En muchos casos, la sustancia económica y la forma jurídica coinciden, pero en otros no. Cuando difieren, la sustancia económica prevalece en el reconocimiento contable. La forma jurídica puede tener una apariencia diferente al fondo económico, y reconocerla no reflejaría adecuadamente la situación financiera. Por ende, las formalidades jurídicas deben analizarse considerando la sustancia económica, para evitar distorsiones en el reconocimiento contable.
Los términos de un contrato, explícitos e implícitos, crean derechos y obligaciones que deben presentarse en los estados financieros según su sustancia económica. A veces, estos derechos y obligaciones son claros por la forma legal; otras veces, requieren análisis adicional. Los términos implícitos, como garantías en contratos de venta, deben considerarse a menos que carezcan de sustancia económica.
Un grupo de contratos puede lograr un efecto económico conjunto. Para identificar su sustancia económica, puede ser necesario tratar los derechos y obligaciones como una sola unidad. Si los derechos y obligaciones de un contrato anulan los de otros con la misma contraparte, el efecto combinado no crea derechos ni obligaciones. Si un contrato crea varios conjuntos de derechos y obligaciones que podrían haberse creado por contratos separados, cada conjunto debe reconocerse como si se originara en contratos distintos para una presentación fiel.
Ejemplo: Una entidad vende un activo, y la documentación indica transferencia de propiedad. Sin embargo, acuerdos simultáneos permiten a la entidad seguir disfrutando de los beneficios y riesgos del activo. Presentar la venta solo con enfoque jurídico no representaría adecuadamente la sustancia económica.
Entidad Económica
La entidad económica es una unidad identificable con recursos y actividades económicas, conducida por un único centro de control que toma decisiones económicas y es la base para la emisión de estados financieros.
Es identificable cuando su personalidad es independiente de sus propietarios, patrocinadores y otras entidades, y además:
- Tiene recursos con estructura y operación propias para fines específicos.
- Se asocia con un único centro de control que toma decisiones sobre actividades relevantes para lograr fines específicos.
Los recursos y actividades pueden incluir activos tangibles e intangibles, capital de trabajo, capital intelectual, fuerza de trabajo, conocimiento del negocio, contratos y procesos gerenciales. Existe un único centro de control cuando este tiene el poder de tomar decisiones sobre los recursos y actividades relevantes para obtener beneficios.
La entidad económica no siempre coincide con la entidad jurídica (persona física o moral). Puede ser una entidad jurídica, parte de ella, o varias entidades jurídicas. Delimitarla puede ser difícil, como cuando no es una entidad legal o no está integrada por tenencia de capital sino por contrato.
Tipos de Entidades Económicas
- Entidad lucrativa: Su propósito principal es retribuir a los inversionistas mediante rendimientos y reembolso de su inversión.
- Entidad con propósitos no lucrativos: Su objetivo es la consecución de fines, principalmente de beneficio social, sin resarcir económicamente las contribuciones.
La entidad económica es la base para emitir estados financieros. Cuando se compone de varias entidades jurídicas, se emiten estados financieros consolidados, respaldados por el concepto de único centro de control.
Los estados financieros consolidados informan sobre los activos, pasivos, capital contable, ingresos, costos y gastos de la tenedora y sus subsidiarias como una sola entidad. No detallan la información de cada subsidiaria, la cual se presenta en sus estados financieros individuales.
Emitir estados financieros consolidados no impide que la controladora emita estados financieros no consolidados, que solo incluyen su información, excluyendo a las subsidiarias. Estos pueden ser necesarios para fines específicos, aunque no suelen ser suficientes para los usuarios.
La entidad persona física se refiere a una unidad de negocios independiente del propietario, con personalidad y capital propios. Solo se incluyen en los estados financieros los activos, pasivos, capital, ingresos, costos y gastos del negocio o negocios bajo su control.