Derecho de las Obligaciones y sus Efectos

Derecho de las Obligaciones

Derecho de Daños

Para que se considere que existe derecho a la reparación del daño, deben concurrir tres elementos:

  • Hecho Ilícito: Puede ser un hecho u omisión que cause daño a una tercera persona. El autor de la acción que provoca el daño está obligado a reparar e indemnizar el daño.
  • Nexo Causal: Es el hecho de que el incumplimiento de un deber es lo que provocó el daño. Si se rompe la cadena de causalidad, ya no hay causalidad. Si sucede un evento externo al daño causado, se responde por el primer acto del daño y no por el segundo.
  • Daño: Se genera una relación entre dos personas donde una le causa daño a otra y esta última tendrá derecho a la reparación del daño.

Diferencia entre Reparación del Daño y Daño Moral

En la reparación del daño se regresan las cosas al estado en el que se encontraban antes de las afectaciones. En el daño moral, se afecta la honra, dignidad, decoro o estabilidad emocional.

Daño y Perjuicios

Incluye el pago de la cláusula penal, la indemnización y se paga con el patrimonio del deudor.

Efectos de las Obligaciones

Partes

Deudor y acreedor tienen fuerza de ley para que se cumplan las obligaciones (prestaciones). Se coacciona con la demanda, el cumplimiento será forzoso y existe la posibilidad de rescisión del contrato.

Prestaciones

  • Cumplimiento forzoso
  • Rescisión
  • Pago (consignación del pago)
  • Daños y perjuicios
  • Pago de la cláusula penal
  • Intereses

Rescisión

Es el término de la obligación, una manera de terminar la relación entre los deudores y acreedores.

Terceros

Son cualquier persona que no sea deudor ni acreedor, por ejemplo: familia, peritos, herederos.

Cláusulas de Expresa Resolución (Extinción de la obligación)

Son acuerdos de voluntades que pretenden señalar parámetros para terminar un contrato sin acudir al órgano jurisdiccional.

  1. Del Objeto: Bien de una compraventa.
  2. Precio: Partes valoradas en $1,500,000.00.
  3. Forma de Pago: Pago/devolución «consignación de pago».

Tipos de Cláusulas

  • Cláusula Penal: Acuerdo señalado dentro del contrato que establece una sanción para el caso de incumplimiento, además de los daños y perjuicios.
  • Cláusula de Jurisdicción: Cuando ambas partes señalan al juez que conocerá del asunto.

Obligaciones Herederos

  • Las obligaciones personales se extinguen.
  • Las obligaciones patrimoniales no se extinguen.

Patrimonio

Bienes muebles e inmuebles propios.

Saneamiento

El adquiriente es privado total o parcialmente por una sentencia ejecutoria. Se realiza el pago de la afectación y la evicción sale como consecuencia del saneamiento. La evicción es la pérdida de un derecho por sentencia firme. El pago de la afectación es un proceso entre dos personas que reconocen su derecho.

Derecho de Retención

Ambas partes salen beneficiadas, porque el deudor tiene que dar un pago y el acreedor tiene derecho al bien.

Simulación de Actos Jurídicos

Es simulado el acto en el que las partes declaran o confiesan falsamente lo que en realidad no ha pasado o no se ha convenido entre ellas.

Transmisión de Derechos Reales

Es transferir el derecho del patrimonio de un sujeto al patrimonio de otro distinto.

Acción Pauliana

Tiene por objeto declarar la nulidad del acto o actos jurídicos mediante los cuales el deudor transmite la propiedad de sus bienes a un tercero. La puede solicitar un acreedor.

Extinción de las Obligaciones

Pago

Es una cantidad monetaria para cumplir con la obligación.

Convenio

Modifica, crea, transfiere o extingue obligaciones.

Cláusula de Expresa Resolución

Acuerdo de voluntades que pretende señalar parámetros para terminar un contrato sin acudir al órgano jurisdiccional.

Nulidad

  • Absoluta: Culminación del acto jurídico.
  • Relativa: Es vulnerable a ratificación.

Inexistencia

Si no tiene alguno de los elementos como:

  • Consentimiento
  • Cumplimiento
  • Objeto
  • Solemnidad

Novación

Extingue una obligación, deja sin efectos la obligación anterior y crea una nueva obligación.

Confusión de Derechos

Cuando una persona es deudora y acreedora de una misma obligación.

Compensación

El deudor y acreedor son la misma persona entre las partes. Consiste en dar la diferencia del bien.

Consignación del Pago

Es llevar el pago a la autoridad jurisdiccional debido a no encontrar al acreedor, mediante un escrito en forma de demanda.

Remisión de la Deuda

Se hace de forma expresa. Consiste en perdonar la deuda (condonación).