Derecho Subjetivo y sus implicaciones

Definición de Derecho Subjetivo

El Derecho Subjetivo es la facultad de querer y exigir atribuida a una persona por el ordenamiento jurídico.

Desigualdad Subjetiva

La desigualdad subjetiva surge de las relaciones jurídicas, constituidas por el derecho-facultad y el deber jurídico.

Deber Jurídico

El Deber Jurídico constituye un comportamiento obligatorio impuesto por una norma legal, por un contrato o por un tratado, a una persona o actor, que tiene la facultad de exigir su cumplimiento.

Libertad Jurídica

La Libertad Jurídica es la facultad de hacer u omitir aquello que no está ordenado ni prohibido.

Limitaciones a la Libertad Jurídica y su Función

La libertad subjetiva o individual se autolimita por el elemento lógico de la institución. Ésta es designada por un conjunto de normas jurídicas vinculadas por el mismo propósito o finalidad.

La libertad subjetiva de la persona casada se diferencia de la que es soltera por cuanto la primera ingresa a la institución del matrimonio y asume obligaciones de fuente legal que no alcanzan a la segunda.

Función Social: Las libertades no existen solo por el ser humano (individual), sino también por la sociedad de la cual forma parte.

La Intervención del Estado

El Estado moderno debe regular las actividades económicas, políticas, sociales y culturales de todos los que habitan su territorio, estableciendo la conciliación del interés general con el de los particulares.

Religión, Moral y Buenas Costumbres

En cuanto a la religión y la moral, podemos afirmar que en ambas conciernen a la apreciación o entendimiento de la conciencia, es decir, no al orden jurídico, y sí al fuero interno del individuo.

En cuanto a las buenas costumbres, nos referimos a las reglas de la moral a las que deben ajustarse todas las personas y no pueden ser derogadas convencionalmente; varían con los tiempos y los pueblos.

Clasificación de los Derechos Subjetivos

Los Derechos Subjetivos son efecto de la norma jurídica al atribuir a un sujeto una pretensión o facultad frente a otro sujeto a quien impone una obligación o deber jurídico.

Se clasifican en Derechos subjetivos Públicos y Privados.

Derechos Subjetivos Públicos

Existen cuando el Estado, como poder soberano, interviene en la relación jurídica, actuando en la calidad de sujeto activo o pasivo.

Derechos Subjetivos Privados

Existen cuando ambos sujetos de la relación jurídica son personas particulares o uno de ellos es el Estado, pero actuando como persona jurídica en un plano de igualdad con los particulares.

Derechos Reales o sobre las Cosas

Es la relación jurídica en virtud de la cual el sujeto activo ejerce directamente poderes sobre las cosas y susceptible de hacerse valer erga omnes.

  • Clasificación: Derecho sobre la cosa propia, derecho sobre la cosa ajena, de garantía.

Derechos Obligacionales o de Crédito

Las relaciones de derecho en virtud de las cuales ejercemos dominio sobre un acto determinado de otra persona se llaman obligaciones.

El Derecho Obligacional o de Crédito es la relación jurídica en virtud de la cual el sujeto activo (acreedor) tiene la facultad de compeler al sujeto pasivo (deudor) para que haga o deje de hacer algo en su beneficio.

  • Elementos: Los sujetos activos, el objeto o prestación prometida, la causa.
  • Tipos de obligaciones: Obligación de dar, obligación de hacer, obligación de no hacer.

Derechos Intelectuales

Es el poder reconocido a un autor para beneficiarse exclusivamente con su obra de creación personal e impedir que otro la copie, imite o reproduzca sin su consentimiento.

Derecho Sucesorio o Hereditario

La transmisión de derechos y obligaciones puede acontecer por: 1- actos entre vivos, 2- por muerte de las personas a quienes corresponde, lo cual ocurre en la sucesión hereditaria.

Definición – Sucesión: Es la transmisión de los derechos activos y pasivos que componen la herencia de una persona muerta a la persona que sobrevive, a la cual la ley o el testador llama a recibirla.

Derecho de Acción

Es la facultad que tiene toda persona para solicitar, de modo legal, la intervención de los órganos jurisdiccionales del Estado, a efecto de proteger una situación jurídica material.

Abuso del Derecho

El abuso del derecho se resume en utilizar el derecho para perjudicar a una persona; es decir, el empleo antisocial de alguna facultad jurídica.

El Orden Público

El orden público son las condiciones fundamentales de vida social instituidas en una comunidad jurídica determinada, las cuales, por afectar centralmente a la organización de ésta, no pueden ser alteradas por la voluntad de los individuos.