Normas de Derecho Internacional Privado en Chile

Concepto

Conjunto de normas que tienen por objeto determinar cuál es la legislación aplicable a una relación jurídica con elementos extranjeros o bien dirimir conflictos de leyes que se pudieran producir en torno a ella.

Objeto

Cuando se habla de objeto se señalan 4 objetivos:

  • Determinar la legislación aplicable y dirimir los conflictos de leyes
  • Dirimir los conflictos de jurisdicción
  • Dirimir los conflictos de nacionalidad
  • Determinar la condición jurídica de los extranjeros

Características

1.- Derecho Positivo: Las normas de DIPV tienen una existencia real y concreta.

2.- Derecho Adjetivo: Por regla general, las normas de DIPV nos dan la solución directa al problema, sino que nos indican cuál es la legislación en donde encontraremos la solución.

3.- Derecho Nacional: Es un derecho eminentemente territorial.

4.- Regula relaciones jurídicas de carácter privado: Regula relaciones jurídicas de carácter privado entre particulares, o de estos entre estados, actuando como titular de DIPV.

Naturaleza Jurídica

En principio lo llamaban teoría de la autoridad extraterritorial de las leyes, otros preferían llamarlo Derecho privado humano, etc., hasta llegar a la denominación actual de DIPV. La doctrina en general se ha dividido en dos grandes tendencias: unos lo consideran Derecho público y otros como Derecho privado.

  • DIP Interno: Consideran que sería parte del Derecho constitucional puesto que trata materias como la nacionalidad.
  • DIP Internacional: Consideran que es internacional ya que los legisladores al señalar la legislación competente, fijan la esfera de la competencia.
  • DIP Interno-Internacional: Señalar que es interno respecto de los derechos adquiridos e internacional respecto de las demás materias.

Sistema Normativo

Las normas o reglas a través de las cuales se logran los objetivos del Derecho internacional privado pueden ser de tres clases.

  • Las normas de conflicto: Son aquellas que tienen por objeto solucionar los conflictos entre dos o más legislaciones que giran en torno a ella y pueden ser de dos clases:

1.- Perfectas o bilaterales: Se llaman perfectas toda vez que permiten saber con exactitud la legislación aplicable al caso.

2.- Imperfectas o unilaterales: Se limitan exclusivamente a ordenar en qué casos imperativamente debe aplicarse el derecho sustantivo nacional.

Características: Atributivas: En definitiva, atribuyen competencia a un legislador determinado. Indirectas: Puesto que no dan solución al problema.

  • Las normas de derecho material: Permiten solucionar los conflictos de jurisdicción de nacionalidad y las relaciones con la condición jurídica de los extranjeros.

Características: Dispositivas: Es decir, solucionan el tema. Indirectas: Otorgan solución inmediata.

Fuentes del DIPv

Hay que distinguir Fuentes Nacionales: fuentes que emanan de la ley positiva, normalmente los ordenamientos jurídicos contienen pocas normas de DIPV, a esto se suma que se encuentran dispersas a lo largo de las diversas legislaciones.

  • La costumbre: Repetición constante y uniforme de una determinada conducta, por la generalidad de un grupo social, realizada con la convicción de que obedece a un imperativo jurídico.
  • Jurisprudencia: El DIPV, más que en cualquier otra ciencia, es una fuente de derecho muy importante, porque dentro de otras casos ilustra la falta y dispersión de normas jurídicas en esta materia.
  • Fuentes Internacionales: Están recogidas principalmente en lo que son los tratados internacionales.
  • Tratados: Acuerdos internacionales celebrados entre sujetos de derecho internacional, destinados a producir efectos jurídicos y regulados por el Derecho Internacional.

Factores de Conexión

Son aquellos elementos esenciales que utiliza la norma de conflicto para localizar un determinado ordenamiento jurídico.

Tipos de Factores

  1. La Nacionalidad
  2. El Domicilio
  3. Residencia
  4. La Ubicación de los Bienes
  5. El Lugar de Celebración de los Actos y Contratos
  6. Principio de Autonomía de la Voluntad

Evolución Histórica

Podemos dividirla en 4 periodos:

  1. Antigüedad
  2. La Edad Media
  3. La Época Moderna
  4. Época Contemporánea

Normas Fundamentales de DIPV en Chile

Artículos del Código Civil y otras leyes que regulan el Derecho Internacional Privado en Chile.

Derecho de las Personas

También conocido como estatuto personal, es el conjunto de normas jurídicas que rigen el estado civil, la capacidad y las relaciones de familia.

Estado Civil en DIPV

El estado civil de los que habitan Chile y de los que no habitan Chile.

Capacidad en el DIPV

La capacidad de los que habitan Chile y de los que no habitan Chile.

Bienes en DIPV

Evolución histórica y regulación de los bienes en el Derecho Internacional Privado.

La Forma de los Actos en el DIPV

Principios y normativas que rigen la forma de los actos y contratos en el Derecho Internacional Privado.

Sucesión por Causa de Muerte

Problemas y sistemas para determinar la ley aplicable en la sucesión por causa de muerte.

La Nacionalidad y el Domicilio

Sistemas de nacionalidad y domicilio en el Derecho Internacional Privado.