Derechos Reales de Garantía en el Código Civil Español

Derechos Reales de Garantía

Definición y Características

Los derechos reales de garantía otorgan al titular el poder de instar la venta del bien en caso de impago del crédito garantizado y de aplicar su valor a la satisfacción del mismo con preferencia a los demás acreedores del deudor. Por ello, se llaman también derechos de realización de valor.

Estos derechos tienen carácter absoluto, ya que son oponibles a terceros adquirentes. Su función es reforzar la garantía patrimonial universal del deudor, prevista en el artículo 1911 del Código Civil.

Características principales:

  • Accesoriedad: No pueden existir sin una obligación principal que garanticen.
  • Indivisibilidad: Subsisten hasta la total satisfacción del derecho de crédito, aunque se abone parcialmente la deuda.
  • Derecho de realización de valor: Permiten al acreedor instar la venta del bien gravado en caso de incumplimiento.

Clases de Derechos Reales de Garantía

El Código Civil español establece tres tipos de garantías reales:

1. Prenda

La prenda es un derecho real de realización de valor que se caracteriza por el desplazamiento de la posesión. La cosa objeto de la prenda pasa a poder del acreedor o de un tercero, pudiendo instarse su venta en caso de incumplimiento de la obligación principal.

Características:

  • Recae sobre bienes muebles.
  • Exige el desplazamiento posesorio del bien.

2. Hipoteca

La hipoteca recae sobre bienes inmuebles y no supone la pérdida de la posesión del bien hipotecado por parte del propietario. Se inscribe en el Registro de la Propiedad como condición de su nacimiento.

3. Anticresis

La anticresis es una garantía real que tiene el acreedor sobre los frutos del bien.

Constitución de los Derechos Reales de Garantía

Los derechos reales de garantía pueden constituirse mediante:

  • Contrato
  • Ley
  • Actos mortis causa

El Código Civil regula los contratos de prenda, hipoteca y anticresis en el Título XV del Libro IV.

Derechos del Acreedor

El acreedor titular de un derecho real de garantía tiene los siguientes derechos:

  • Derecho de realización de valor: Instar la venta del bien gravado en caso de incumplimiento.
  • Derecho de preferencia: Cobrar su crédito con preferencia a otros acreedores.
  • Derecho de persecución: Dirigirse contra el bien gravado, cualquiera que sea su titular actual.

Conclusión

Los derechos reales de garantía son instrumentos esenciales para asegurar el cumplimiento de las obligaciones y fomentar el crédito. Ofrecen al acreedor una mayor seguridad en caso de incumplimiento del deudor, al permitirle realizar el valor del bien gravado para satisfacer su derecho de crédito.